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Prohibirían apuestas on line por vinculación con lavado de dinero

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Las apuestas on line fueron estudiadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)

-organismo intergubernamental cuyo propósito es elaborar y promover medidas para combatir el blanqueo de capitales-, que publicó en julio de 2009 un detallado trabajo en el que se las vinculó directamente con el lavado de dinero en el mundo.

El informe descubre la naturaleza de este negocio y alerta especialmente sobre la aparición de las apuestas "on line" como mecanismo sofisticado que incrementa los riesgos del lavado.

En ese sentido, se destacó que la falta de regulaciones homogéneas en los países torna el mercado de las apuestas “poco transparente” y difícil de controlar.

Así se lo explicó a Comercio y Justicia el diputado de la Coalición Cívica, Juan Carlos Vega, firmante y coautor del proyecto de ley con el legislador Horacio Piemonte, del mismo partido.

“El juego y las apuestas on line tienen un mecanismo muy novedoso que lo torna difícil de controlar”, explicó.

Si bien reconoció que no poseen “bases científicas” que concluyan con la relación entre el juego cibernético y el lavado de dinero en Argentina, “no hay nada que nos haga suponer que esa proyección internacional no haya llegado acá, por eso el objeto de este proyecto”, indicó.

El texto, que tiene trámite parlamentario con fecha 29 de diciembre del año pasado y fue girado a las comisiones de Acción Social y Salud Pública, Finanzas y Presupuesto y Hacienda, propone el impedimento “de la publicidad, por cualquier medio, de actividades o atractivos lúdicos que insten o estimulen los juegos electrónicos deportivos; la organización y/o explotación de empresas de juego de azar que importen el uso de Internet en la aceptación del juego o las apuestas; la organización y/o explotación de juegos electrónicos deportivos accesibles por Internet en las que el apostador pueda efectuar su apuesta a través del pago en moneda, transacciones o transferencias financieras, tarjeta de compra, crédito, débito u otro medio electrónico de pago; el uso de transferencias crediticias o financieras para hacer transacciones en cualquier sitio de Internet que ofrezca juegos electrónicos deportivos; y la creación, utilización y/o funcionamiento de sitios web, destinados a la explotación de empresas de juego de azar que impliquen la aceptación del juego o las apuestas”.

Para tal fin, el proyecto de ley propone la sustitución del artículo 15º de la ley 25295, en el que en forma implícita se admite en la actualidad la posibilidad de la instrumentación del llamado "prode bancado" (sistema de apuestas, referidas a pronósticos deportivos, al que se accede por teléfono o Internet y tiene cobro inmediato) a través de modalidades no tradicionales de captura de las apuestas.

En su lugar, se postula el siguiente texto: “La captura de apuestas de los concursos de Pronósticos Deportivos podrá realizarse por los medios tecnológicos disponibles, con la excepción del uso de Internet u otra forma de comunicación a distancia, siendo de aplicación los porcentajes de distribución establecidos en la presente ley. A los efectos indicados precedentemente, Lotería Nacional Sociedad del Estado y cada ente oficial adherente, establecerán en sus respectivas jurisdicciones la forma de autorización aplicable. De capturarse apuestas del exterior, Lotería Nacional Sociedad del Estado y los entes oficiales adherentes acordarán las formas de realización

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