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Monotributo: contadores piden prórroga para recategorizar

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) analiza dar un plazo especial para que los monotributistas cumplan con la recategorización cuatrimestral -que vence el próximo 7 de enero-, como así también con el pago del importe mensual. Esta prórroga se evalúa tras el pedido elevado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) a la que también adhieren los contadores de Córdoba.
El presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE), José Simonella, confirmó a Comercio y Justicia la adhesión al reclamo en el ámbito nacional que se fundamenta en el escaso tiempo para cumplir con los trámites requeridos.
“De no ampliarse el plazo, los contribuyentes y profesionales contarán con sólo cuatro días hábiles para realizar las registraciones, controles y verificación de los nuevos parámetros de permanencia en cada categoría del esquema de tributación”, advirtieron en la Facpce.

“Se trata de escasas jornadas de principios de enero próximo coincidentes con el otorgamiento de vacaciones en los estudios contables, en virtud de la feria fiscal prevista para tal fecha”, apuntaron los profesionales en la nota presentada al Administrador Federal en la que solicitaron correr la fecha hasta el 31 de enero de 2010.
Además, la entidad que nuclea a los contadores de todo el país precisó que aún no se ha oficializado “la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo o de la AFIP, siendo que el Congreso ha previsto la entrada en vigencia del nuevo régimen de Monotributo a partir de 2010”.
De concretarse un nuevo plazo, la medida se enmarcaría en la misma línea que la prórroga concedida respecto de la implementación de retenciones en el Impuesto al Valor Agregado y en Ganancias que alcanzará a los contribuyentes adheridos al Monotributo (Resolución General 2745).

Cambios
Cabe recordar que el régimen del Monotributo modificado establece la eliminación de la primera de las categorías. Ahora, los contribuyentes que facturaban hasta 12 mil pesos serán incorporados a la escala siguiente, por lo que el sistema arrancará con una categoría con un tope de facturación de 24 mil pesos al año y pagarán una cuota de 219 pesos por mes.
La segunda categoría, contempla hasta una facturación anual de 36 mil pesos anuales. En este caso, pagarán 255 pesos al mes.
A fin de actualizar la situación impositiva, las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado deberán ajustar su condición con base en los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que ejercen, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante 2009.

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