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Las retenciones son inconstitucionales

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El abogado Antonio María Hernández calificó de “inconstitucionales” a las retenciones agropecuarias al señalar que se asentaron en un “seudoandamiaje” violatorio de la Carta Magna argentina durante la gestión del ex presidente Carlos Menem.
Hernández, quien hoy patrocinará un conjunto de amparos ante la Justicia Federal en contra del último esquema de retenciones móviles dispuesta por el Gobierno nacional, consideró asimismo que la disposición informada por el ministro de Economía, Martín Lousteau, el 11 de marzo pasado es “confiscatoria y atenta contra el federalismo”, con particular incidencia sobre la provincia de Córdoba.
“Tuve contactos con productores de Oncativo, Río Primero y Oliva”, y si bien reconoció a Comercio y Justicia que en principio se tratará de amparos individuales, instó a las entidades agropecuarias a analizar un camino similar.
-¿Por qué considera inconstitucional el mecanismo?
-Primero, porque fue originado en una simple resolución, en este caso dispuesta en marzo pasado por el ministro (de Economía, Martín) Lousteau, lo que significa la violación de la Constitución Nacional en distintas normas que establecen que no puede haber tributo sin ley.
-Los sucesivos aumentos a las retenciones se vienen aplicando desde hace tiempo vía resoluciones, ¿Por qué no entonces reclamar la eliminación hasta el momento de su instrumentación por ley?
-Es que en realidad son inconstitucionalides desde el vamos. La cautelar va a ser pedida para retrotraer esta última resolución. Pero todo esto es un seudoandamiaje inconstitucional que comienza con el Código Aduanero de los 90, donde el Congreso de la Nación, inconstitucionalmente, otorga atribuciones al Presidente e inmediatamente en virtud de esa delegación, el ex presidente Carlos Menem dispuso por decreto delegar esa atribución en el Ministerio de Economía. A partir de ahí comienzan por simple resoluciones a establecerse las retenciones en 2002 con el ex presidente Eduardo Duhalde.
-Entonces bien podría caerse el tributo completo.
-En realidad los jueces podrían determinar esa decisión en caso de abocarse al fondo de la cuestión. Sin embargo, he sido instruido para avanzar con una cautelar para retrotraer la situación a la fecha previa a la instrumentación de las retenciones móviles. Pero no le quepan dudas que lo que correspondería sería declarar la inconstitucionalidad de todo el sistema y que el Congreso asuma de inmediato sus atribuciones constitucionales.
-También denuncian que el tributo es confiscatorio.
-Además de la violación del principio de legilidad que deja de lado el mecanismo constitucional previsto para avanzar por resoluciones o decretos, la inconstitucionalidad reside también en la desmesura, confiscatoria, del impuesto
Y tambiés es inconstitucional porque afecta el federalismo argentino. Todos sabemos que por este aumento, el Gobierno nacional se va a llevar 700 millones de dólares extra sin que quede un centavo para la provincia de Córdoba. En definitiva, no queda otra vía más en lo inmediato que el amparo para impedir la violación de los derechos humanos; en este caso de los trabajadores del campo.

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