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Las claves para una Justicia independiente

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La Tercera Conferencia Nacional de Jueces concluyó el viernes con la presencia de 550 asistentes y con una serie de conclusiones que reflejaron los dos ejes temáticos que se trataron a lo largo de las dos jornadas que duró este encuentro realizado en la ciudad de Córdoba: el proceso de selección y acusación de magistrados y el status funcional y previsional de los jueces.
El acto de cierre quedó a cargo del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, la ministra del Tribunal, Carmen Argibay, y los presidentes de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, la Junta Federal de Cortes de Superiores Tribunales de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Federación Argentina de la Magistratura, Ricardo Recondo, Rafael Gutiérrez y Abel Fleming, respectivamente.

Las conclusiones fueron breves y se redujeron a declaraciones que ya habían sido adelantadas de uno u otro modo por diferentes representantes del Poder Judicial. En primer lugar se advirtió que los Consejos de la Magistratura y los Jurados de Enjuiciamiento deben ser equilibrados en su integración y tener autonomía funcional de los poderes políticos.
En lo que se refiere al proceso de selección de los magistrados, se consideró fundamental que se garantice la igualdad de oportunidades para todos aquellos que aspiran ocupar un espacio dentro de la función judicial. Asimismo, se reclamó celeridad, transparencia y publicidad en los concursos. Respecto a la etapa de evaluación, se concluyó que debe garantizarse el anonimato en la prueba de oposición escrita y debe existir un equilibrio en los puntajes asignados a las diferentes etapas de evaluación, sin que la entrevista personal pueda desnaturalizar la pauta de la idoneidad objetiva. Por último, y para agilizar la ocupación de cargos vacantes, se propuso que las órdenes de mérito confeccionadas en cada proceso de selección puedan ser utilizados para cubrir otros cargos del mismo Fuero.

Párrafo aparte merecieron las reflexiones referidas a las denuncias y acusaciones contra los magistrados. Se volvió a reiterar que los “jueces no deben ser perseguidos por el contenido de sus sentencias” y que las denuncias “no pueden constituirse en un modo de revisión de sentencias”.
Más adelante, los magistrados solicitaron que se garantice para ellos los mismos derechos que tiene cualquier ciudadano argentino a la hora de enfrentar un juicio de remoción.
En tal sentido, advirtieron que los jueces sólo pueden ser destituidos por las causales taxativamente previstas en la ley y debería existir un plazo breve de caducidad que impida la acumulación de denuncias sin resolución que puedan ser utilizadas como elementos de presión o para efectuar la imparcialidad de los magistrados.

En relación con el segundo eje de debate de esta Conferencia de Jueces, consideraron que se debe propender a la unificación de los régimenes previsionales de las provincias sobre la base de los principios que informan la ley 2408, de manera tal que todos los jueces del territorio argentino tengan la posiblidad de retirarse en condiciones similares y con retribuciones que guarden razonable relación con las que percibían en actividad.

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