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Impuestos ecológicos asoman en el campo tributario municipal

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El problema central de los municipios pasa hoy por el gran desfinanciamiento del sistema público, que tiene consecuencias en cascada: la Nación retacea los fondos a las provincias y éstas a su vez a los municipios, que tienen un margen muy acotado de materia imponible para financiar sus gastos. Tal situación hace que los intendentes, jefes comunales y funcionarios municipales del interior necesiten mayor capacitación en derecho tributario.
“Los límites jurídicos que surgen de nuestra organización constitucional es lo que más desconocen los funcionarios municipales. Por eso pretendemos dotarlos de nuevas alternativas en materia tributaria, respetando el marco constitucional vigente, como pueden ser los impuestos ecológicos, o verdes, que funcionan en Europa”, adelantó Esteban Salcedo, director del Programa de Derecho Tributario Municipal a distancia, que dará comienzo la próxima semana.

Organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba y auspiciado por el Ministerio del Interior y Comercio y Justicia, la nueva oferta académica pretende especificar perfectamente los límites jurídicos que tienen los municipios para que, dentro de esos parámetros, sepan cuáles son las opciones para legislar.
En este sentido y considerando lo de los impuestos verdes, el letrado ejemplificó: “Río Tercero, por la cantidad de industrias que tiene dentro de su ejido, tendría que ser la primera ciudad en legislar en materia de impuestos de este tipo”.
Consultado sobre algún antecedente en la provincia, el director académico diferenció: “Hay municipios que dicen que aplican ciertos impuestos en materia ambiental, pero en realidad están violando la Constitución Nacional, provincial y la Ley de Coparticipación Federal por la forma en la cual se instrumentan, a través de tasas que, en realidad, no lo son, lo que hace que esos tributos sean inconstitucionales por naturaleza”.

Por su parte, Rodrigo Ranz, coordinador del curso, mencionó los convenios transaccionales, acuerdos entre municipios y empresas sobre los tributos y el quantum de éstos, algo que ya implementó España.
En este momento se está discutiendo en tribunales un caso entre la concesionaria del aeropuerto, que está exenta de tributos municipales por una ley nacional, y el Palacio 6 de Julio, que plantea que si se cayera un avión, se convocaría a Defensa Civil, por lo cual la aeroestación debería tributar a las arcas comunales. Para este caso -sostienen- podría analizarse un acuerdo transaccional.
Finalmente, el curso apunta a concientizar a los funcionarios sobre las posibilidades de reencauzar reclamos por mayores aportes; por ejemplo, respecto del 20% de coparticipación que actualmente reciben, cifra que corresponde al mínimo que figura en la ley.

Programa de Derecho Tributario Municipal a distancia
Inicia: 15 de agosto
Organiza: UNC
Auspicia: Ministerio del Interior y Comercio y Justicia
Informes: teléfono 4331099, [email protected]

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