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Excluirían a profesionales de la incompatibilidad jubilatoria

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Los profesionales serían excluidos de la “incompatibilidad” jubilatoria que fijó la nueva ley previsional y que limitó el goce de la jubilación y el simultáneo desempeño de actividades cuentapropistas. El reclamo de los distintos Colegios y Cajas sería finalmente tenido en cuenta en la reglamentación de la norma, donde expresamente se excluiría de la interpretación del término “cuentapropista” a los profesionales que necesitan matrícula para ejercer. En cambio, serían tenidos en cuenta bajo esta denominación, gasistas y plomeros, entre otros.
Otro de los avances en las tratativas por la reforma de la ley sería respecto al sistema de reciprocidad entre la Caja de la Provincia y las Cajas profesionales. Se implementaría para los futuros jubilados el sistema “prorata tempore”, que implica que los aportes realizados en distintas Cajas durante el período activo de un profesional sea tenido en cuenta a la hora de liquidar la jubilación. De esta manera, el haber se conformaría con el “prorrateo” de lo aportado a cada Caja; es decir, cada entidad estaría pagando en relación con el tiempo de servicios reconocidos por cada una de ellas.

Ahorro

Según una fuente del Ejecutivo provincial al tanto de las negociaciones, “esto sería tenido en cuenta como un ahorro para la Caja provincial, ya que en los casos en que alguien haya aportado una parte en esa entidad y otra parte en una Caja profesional, ambos organismos acordarían liquidar proporcionalmente los años que el activo haya sumado a cada Caja”. Actualmente, si el beneficiario aportó diez años a la Provincia, puede optar por ésta como Caja aportante, con lo cual el Estado paga el total del haber. Al implementarse el sistema prorata tempore, funcionaría un aporte “participante” entre cajas.
Para ejemplificar, el informante señaló que, si de los 30 años de aportes necesarios para jubilarse, un abogado aportó 22 a la Provincia y ocho a la Caja de Abogados, con la prorrata, la Caja provincial pagará la parte del haber en proporción al cálculo del promedio de los últimos cuatro años de esos 22 años, mientras que el resto del haber (para llegar al total del pago jubilatorio) será aportado por la Caja de los letrados, según lo que paga dicha entidad.

De esta manera, la fuente oficial reconoció que de ponerse en marcha este sistema de reciprocidad, “se ahorrará bastante”. A escala nacional, la resolución 363/81 de la Secretaría de Seguridad Social de la Nación fijó algo similar a través de un convenio entre cajas nacionales y provinciales que pusieron en marcha el cómputo recíproco de servicios y prorrateo del pago del haber.
Para poner en funcionamiento la prorrata, las cinco cajas profesionales y el Gobierno firmarían un acuerdo marco a ser homologado luego por la Unicameral.

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