La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó por medio de su página web los nuevos importes que deberán ingresar mensualmente los trabajadores autónomos a partir del período devengado diciembre, con vencimiento en enero de 2025. Los nuevos valores tienen vigencia a partir del día 15 de diciembre de 2024.
Trabajadores autónomos
Valores vigentes a partir de diciembre de 2024
Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías
Importes en pesos
I $ 46.630,57
II $ 65.281,80
III $ 93.260,33
IV $ 149.216,46
V $ 205.171,80
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías
Importes en pesos
’ (I prima) $ 51.002,18
II’ (II prima) $ 71.401,96
III’ (III prima) $ 102.003,48
IV’ (IV prima) $ 163.205,50
V’ (V prima) $ 224.406,66
C) Afiliaciones voluntarias
Categorías
Importes en pesos
I $ 46.630,57
D) Menores de 21 años
Categorías
Importes en pesos
I $ 46.630,57
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categoría Importe en pesos
I $ 39.344,54
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría
Importe en pesos
I $ 16.029,26
Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
a) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
b) Categorías vigentes hasta febrero de 2007
Importes a pagar
A $ 36.370,48
B $ 44.647,98
B’ $ 48.833,73
C $ 59.684,24
C’ $ 65.279,63
D $ 89.293,88
D’ $ 97.665,18
E $ 149.096,94
E’ $ 163.074,78
F $ 208.550,57
G $ 298.079,13
G’ $ 326.024,05
H $ 447.294,16
I $ 559.555,78
J $ 559.555,78
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categoría vigente hasta febrero de 2007
Importe a pagar
A $ 30.687,59
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007
Importe a pagar
A $ 12.502,35
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)
Categorías Rentas de Referencia en pesos
I $ 145.720,53
II $ 204.005,61
III $ 291.438,53
IV $ 466.301,42
V $ 641.161,90
Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006 a) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 57 CENTAVOS” ($1049158,57)”.
b) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 57 CENTAVOS” ($1049158,57)”.