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¿Cómo es el trámite simplificado para la constitución de SRL en Córdoba?

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La Inspección de Personas Jurídicas incorpora la modalidad de inscripción de este tipo societario por medio de su propia plataforma en el CiDi y facilita un modelo de contrato que permitirá hacer rápidamente la gestión. Éste tiene el formato de una estructura básica y no sustituye la redacción de un profesional en la materia, opina el especialista Leopoldo Burghini 

El pasado 29 de junio se oficializó -tanto en el Boletín Oficial de la Nación como en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba– la resolución general conjunta RGC 5020/21 , acordada entre la Administración Federal de Ingresos y Públicos (AFIP) y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba. La norma permite aplicar a las sociedades de responsabilidad limitada (SRL) con domicilio legal en la Provincia idéntico tratamiento al adoptado oportunamente para las sociedades anónimas (SA), asociaciones civiles, fundaciones y sociedades por acciones simplificadas (SAS). Sobre el tema Factor dialogó con Leopoldo Burghini, abogado y especialista en derecho societario, quien se refirió a la reciente norma y sus particularidades. 

¿Que dispone la RG 5020?

En concreto, la RG 5020 derogó las RGC Nº 4264 y 4584, suscriptas entre las mismas partes, por las que se estableció la tramitación conjunta de la inscripción registral y la obtención del CUIT de las SAS, las SA, las asociaciones civiles y las fundaciones, por medio de la Inspección de Personas Jurídicas (IPJ) por medio de la plataforma informática del Ciudadano Digital (CiDi). Sin embargo, en realidad, la nueva norma tiene un contenido similar, pero agrega las SRL al elenco de sujetos de derecho que pueden acceder a la CUIT directamente mediante la IPJ. 

Es decir, a partir de esta semana ¿las SRL no deberán tramitar su CUIT ante la AFIP sino que les será otorgada directamente por la IPJ?

Es correcto. La RGC 5020 se enmarca en otra novedad más importante aún, ya que a partir de esta semana la IPJ incorpora la modalidad de inscripción de las SRL por medio de su propia plataforma en el CIDI y, al igual que en los casos de asociaciones civiles, fundaciones, SA y SAS, también se facilitará un modelo de SRL, que permitirá una rápida inscripción. Recordemos que la constitución vía modelo conlleva, además, otras facilidades operativas. 

¿Cuáles son esas facilidades operativas?

En primer lugar, lo ya dicho, esto es, la obtención de la CUIT por medio de la página de la IPJ. En segundo lugar, hay que agregar que la plataforma de la IPJ se enlaza con el Banco Provincia de Córdoba para facilitar el acceso a la cuenta que permite realizar el depósito dinerario y acreditar la integración del capital social, conforme lo exigido por el art. 149 Ley General de Sociedades (LGS) y, por último, la propia plataforma de la IPJ redacta el aviso exigido por el art. 10 LGS y lo envía al boletín oficial electrónico. 

Otra novedad muy publicitada en las redes sociales es que a partir del 30 de junio la corrección de trámites referidos a asambleas y reuniones que sean rechazados por defectos formales no tendrá costo ¿eso es correcto?

Sí, pero con una aclaración. Hasta el 30 de junio el sistema de validación simplificada de la IPJ conllevaba una especie de “one strike out”, es decir, si el trámite tenía errores y era rechazado, debía volver a iniciarse, pagando nuevamente la tasa de servicios. A partir del 30 de junio, pasamos a un “two strikes out”, esto es, ahora se podrá utilizar la misma tasa dos veces. Si se presenta el trámite y es rechazado la primera vez, puede presentarse nuevamente sin tener que pagar otra vez pero, si se equivocó dos veces, el tercer ingreso del trámite debe pagar nuevamente la tasa. Esto es razonable, porque dado que la IPJ no requiere patrocinio letrado, los ciudadanos pueden equivocarse en la presentación de sus trámites y parece justo que tengan una oportunidad de equivocarse, pero, por otra parte, si como sociedad pretendemos un Estado eficiente, esto es, que con los menores recursos logre los mejores resultados, los ciudadanos no pueden estar presentando alegremente “bodoques” sin ton ni son, sin que ello conlleve la necesidad de pagar nuevamente por los servicios del organismo. Por último, agreguemos que también se informó que la posibilidad de utilizar dos veces la misma tasa estará disponible para los trámites de constitución de sociedades, pero sólo durante julio.

Prêt-à-porter vs. traje a medida

Según Burghini, si bien los modelos de contratos de sociedades permiten una rápida inscripción con costos reducidos -cuestión que es importante que el Estado atienda para promover la estructuración formal de los emprendimientos económicos- los mencionados modelos son una estructura básica, que contempla los requisitos elementales de la ley. “Como es evidente, aquéllos no contienen toda la riqueza conceptual que un debido asesoramiento profesional puede aportarle a la estructura societaria para que pueda transitar su vida con la mayor seguridad jurídica posible. Si, como se ha repetido hasta el cansancio, la persona jurídica es el ropaje jurídico de la empresa, a ésta le conviene vestirse del mejor modo y para eso tiene que ir a un sastre”, concluyó el profesional. 

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Comentarios 1

  1. Stella Maris Panizza says:

    Buenos días soy abogada y un cliente quiere que intervenga en la constitución de una SRL. Donde busco bibliográfica procesal para ello

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