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En junio y julio no se aplica la jubilación mínima garantizada

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Son escasas las oportunidades en las que se la empleó, lo que denota el quiebre de la proporción entre ella y el salario mínimo, vital y móvil, aseguró el especialista Aníbal Paz 

“En el corriente mes y en julio del año en curso no aumentará la jubilación mínima con garantía en el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), pero si lo hará a partir de agosto”, señaló a «Factor» suplemento de Comercio y Justicia Aníbal Paz, abogado, especialista en temas previsionales.

En efecto, el profesional destacó que, por un lado, la jubilación mínima aumentó en junio 15%, pasando a un valor de $37.524,66 el cual estará vigente por los meses de junio, julio y agosto. (Ley 27609 – Res. Anses 128/22). Por otro lado, el SMVM, vigente según resolución del Consejo del Salario 04/22 y 06/22 y el artículo 125 bis de Ley 24241 s/Ley 27426), quedó establecido en los siguientes valores: $45.540,00 a partir del 01/06/22; y $47.850,00 a partir del 1 de agosto de 2022. (Ver cuadro al pie)

¿A quiénes alcanza la garantía?

La garantía sólo alcanza a quienes obtuvieron el beneficio jubilatorio sin aplicación de moratorias previsionales, es decir, con servicios completos con aportes.

La garantía implica que el haber mínimo en esas condiciones será igual a 82% del SMVM, vigente para cada periodo.

La garantía en consecuencia no aplicará en junio ni en julio, ya que la jubilación mínima vigente será de $37.524,96, mientras que el 82% del SMVM para ese periodo resulta inferior ($37.342,80).

Recién se aplicará la garantía a partir de agosto, cuando el SMVM alcance $47.850,00, ya que el 82% de esta suma, esto es $39.237,00, será superior a la jubilación mínima de ese mes, que se mantendrá en $37.524,96.

En septiembre, si no se eleva nuevamente el SMVM, la garantía dejaría de aplicarse, ya que la jubilación mínima volvería a elevarse, conforme la pauta de movilidad trimestral de Ley 27609.

¿Podría recordarnos cuándo se aplicaron las últimas garantías?

Sí, las últimas aplicaciones de la garantía habían sido en octubre y noviembre de 2021, ya que para entonces el 82% del SMVM era equivalente a $26.240,00 ($32.000,00 x 82%), monto que fue superior a la jubilación mínima vigente para los meses mencionados que estaba cifrada en $25.922,42. Previamente, para encontrar otra aplicación de la mentada garantía hay que retroceder hasta noviembre de 2019. 

Conclusión

Según el profesional, las escasas oportunidades en que se ha aplicado la garantía evidencian el quiebre de la proporción entre el SMVM y la jubilación mínima durante lapsos prolongados. “Queda demostrado el enorme atraso del valor del SMVM, pese a que las jubilaciones también se encuentran evidentemente atrasadas con respecto a la inflación. Si ambas variables no crecen a valores similares en el tiempo, la garantía se aplicará sólo de manera esporádica y coyuntural, desnaturalizándose su objetivo”, concluyó el profesional 

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