sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La Facpce pide reprogramación de vencimientos en Ganancias, Bienes Personales y Cedular

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La Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) presentó el pasado día 10 una nota ante la Administración Federal de Ciencias Económicas (AFIP) solicitando la necesidad de reprogramar los vencimientos de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias, impuesto sobre los Bienes Personales e impuesto Cedular del período fiscal 2020 y/o en su caso considerar que las obligaciones se encuentren cumplidas en la medida que se realicen hasta por lo menos el 31 de agosto próximo. El pedido se fundamenta en los innumerables inconvenientes que se registran con el funcionamiento de la página web del ente recaudador con clave fiscal. 

“La dificultad para el acceso a los principales servicios y aplicaciones necesarias para la liquidación y para la presentación de las declaraciones juradas afecta el normal desarrollo de la tarea de los profesionales de ciencias económicas e impiden el efectivo cumplimiento de las obligaciones impositivas de los contribuyentes”, reza la nota.

 La Facpce está consciente de que los vencimientos originales ya fueron diferidos en dos oportunidades; sin embargo, se reiteró la necesidad de su reprogramación. “Llegado el caso, se solicita considerar las obligaciones cumplidas en la medida en que se realicen hasta el 31 de agosto del año en curso”, refiere la nota. 

Se recuerda que los vencimientos dispuestos por el Fisco nacional para realizar la presentación de las declaraciones juradas en los gravámenes Ganancias, Bienes Personales e impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2020 ocurren:

– Hasta el día 10/8 para los contribuyentes cuyas CUIT terminen en 0, 1, 2 y 3;

– Hasta el día 11/8 para aquellas CUIT terminadas en 4, 5 y 6; y

– Hasta el 12/8 para el caso de las CUIT terminadas en 7, 8 y 9.

Asimismo, indica que se podrá cancelar el saldo de las referidas declaraciones juradas:

– Hasta el día 11/8 para los contribuyentes cuyas CUIT terminen en 0, 1, 2 y 3;

– Hasta el día 12/8 para aquellas CUIT terminadas en 4, 5 y 6; y

– Hasta el 13/8 para el caso de las CUIT terminadas en 7, 8 y 9.

También el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires presentó una nota a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, mediante la que se solicita que se consideren presentadas en término las declaraciones juradas que se realicen hasta el 20 de agosto.

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