domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La AFIP publicó un simulador para monotributistas

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Constituye una herramienta para que los monotributistas se enteren de los beneficios a los cuales pueden acceder y que se encuentra actualizado con las leyes 27618 –norma que establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes dispuesto en el anexo de la ley 24977, sus modificaciones y complementarias- y la ley 27639 que creó el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal y cuyo objetivo principal consiste en dar mayor oxígeno y previsibilidad a la actividad económica para este tipo de contribuyentes.

El simulador puede consultarse en https://www.afip.gob.ar/simulador-ley27618/


Cuenta regresiva para adherir a la Moratoria

Se recuerda que la moratoria para estos contribuyentes se encuentra habilitada hasta el 30 de septiembre. La herramienta prevista en la ley de alivio fiscal permite regularizar deudas vencidas al 30 de junio de 2021.

Procedimiento de adhesión

1) Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo

2) Seleccionar en “Estado de Cuenta” la opción “Mis Facilidades”

3) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar.

4) Elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5034.

5) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual debe encontrarse previamente informada.

6) Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:

Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.

Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación

7) Confirmar el envío del plan. El sistema generará el formulario de declaración jurada N° 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada

Quienes estén inscriptos en las categorías A a D podrán pagar en hasta 60 cuotas con una tasa de interés del 1,25%.

En tanto, los monotributistas de las categorías E a K y los no inscriptos en el régimen simplificado tendrán hasta 48 cuotas con una tasa de interés de hasta 1,50%.

Las cuotas a abonar son mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le suman los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos.

Las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.

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Comentarios 3

  1. Mónica Simbron says:

    Hola! Me dieron baja de oficio, me adhieri a la moratoria, pero aún no me dejan inscribirme nuevamente, soy categoría A. Por qué será?

    • Juan Lutsenko says:

      Debés esperar 3 años calendario para inscribirte nuevamente en el régimen simplificado.

  2. Elida says:

    Hola!Qué pasaría si opta por contado, generando así un vep para pago en el mismo día y después se da cuenta que no tiene suficiente dinero para cancelarlo? Se puede hacer otro vep?gracias miles!

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