domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La AFIP lucha contra el enanismo fiscal

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Lo aseguran los especialistas en tributación Pablo Bertello y María Laura Unia, quienes
también sostienen que -mediante la generalización de la factura electrónica- el Fisco nacional tendrá un seguimiento integral de la situación de cada pequeño contribuyente: “Tanto éstos como sus asesores deberán realizar un seguimiento periódico para evitar inconvenientes con el ente
recaudador”, advierten

“Con las reformas impositivas 2016 y 2017, se actualizaron valores e importes que estaban atrasados así como también se dejó plasmado normativamente una “actualización” periódica de dichos valores (topes de facturación, alquileres devengados, precio unitario de venta, entre otros).
Tiempo después, el Fisco comenzó a implementar aspectos que hacen a combatir la evasión impositiva así como el enanismo fiscal”, aseguraron Pablo Bertello y María Laura Unia –contadores públicos- al ser consultados por Factor respecto al control que lleva adelante el máximo ente recaudador –vía facturación electrónica- en especial con respecto al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
En tal sentido, los profesionales indicaron que con relación a los principales cambios que introdujo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con respecto al monotributo es la generalización de la factura electrónica.
Por medio de la resolución general (RG) 4290 el Fisco nacional establece un cronograma para que los sujetos adheridos al régimen simplificado comiencen a utilizar comprobantes electrónicos.
A partir del 01/04/19 quienes se encuentran en la categoría “A” deben hacerlas (siendo los últimos en comenzar a cumplir con dicha obligación).

¿Cuáles son los medios, formas y mecanismos para la emisión de comprobantes electrónicos?
Con relación a esta la pregunta debemos decir que la emisión de comprobantes electrónicos se puede hacer mediante distintos medios y/o formas, por ejemplo, por medio de lo que se conoce como “Controlador Fiscal” (en aquellos casos de ventas masivas a consumidores finales); o bien mediante el servicio web “Comprobantes en Línea”; o incluso desde el celular (Facturador móvil).

¿Existe alguna otra medida que deban tener en cuenta los pequeños contribuyentes?
Sí. En este punto es importante subrayar que desde el pasado mes de abril del año en curso los sujetos adheridos al régimen simplificado tienen la obligación de recibir tarjetas de débito como medio de pago cuando realicen ventas masivas con consumidores finales; para lo cual deben contar con un dispositivo que permita la recepción de todas las tarjetas de débito sin restricción alguna.
Asimismo es importante que el pequeño contribuyente recuerde que es obligación contar con el formulario Data Fiscal que detalle los medios de pago que acepta el sujeto (efectivo, tarjeta de débito, tarjeta de crédito, entre otros), el cual debe estar exhibido en lugar visible (junto a la constancia de inscripción y último comprobante de pago de la cuota mensual).

¿Qué aspectos deben tener en cuenta los sujetos adheridos al régimen simplificado?
Desde nuestro punto de vista, los aspectos a considerar son varios; primeramente que el Fisco nacional contará con información en tiempo real de los ingresos del contribuyente, con lo cual estará en conocimiento diario sobre las ventas o prestaciones de servicios de éste y, por ende, sobre si está correctamente encuadrado considerando ese ítem (ingresos brutos del contribuyente).
Pero también contará con información que aportarán otros sujetos por medio de regímenes de información; a modo de ejemplo, información que aporten las entidades financieras, las compañías de seguros, empresas de servicios públicos, entre otros. Con estos elementos podrá detectar si los movimientos bancarios o si sus variaciones patrimoniales se encuentran debidamente justificadas.
Finalmente también contará con información sobre los gastos vinculados o relacionados con su actividad, sabiendo que éstos no pueden superar los topes establecidos en la normativa vigente (40% de los ingresos, en caso de prestación de servicios, y 80%, en caso de venta de cosas muebles).

Control minucioso
Para Bertello y Unia, es importante destacar que la AFIP va a trabajar con información en tiempo real y podrá realizar un análisis integral de la situación de cada contribuyente porque su objetivo es la lucha contra el enanismo y la evasión fiscal. “Lo anterior obligará tanto al contribuyente como a sus asesores a realizar un seguimiento más periódico (como mínimo, mes a mes) teniendo en cuenta que será necesario manejar con un mayor grado de detalle las operaciones del contribuyente, sus movimientos bancarios, medios de pago, control permanente tanto de los ingresos como de los gastos vinculados con la actividad para evitar cualquier inconveniente con el Fisco nacional, ya que en caso de resultar excluidos deben pasar al régimen general, lo que implica –del punto de vista impositivo-ser responsables inscriptos en el impuesto al Valor Agregado (IVA), en el impuesto a las Ganancias y, del punto de vista previsional, hacer el aporte mensual al Régimen de Autónomos”, refirieron los profesionales.

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