viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ingresos Brutos: Rentas simplificó el procedimiento para la baja de oficio

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La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba dictó la resolución general (RG) Nº 83 que dispuso que la baja de oficio regirá a partir de la fecha en la cual la Dirección procese la información obrante en su base de datos, a fin de verificar el cumplimiento de requisitos.

El procesamiento de información sólo comprenderá a sujetos que registren inscripción en el gravámen  con una antigüedad igual o superior a los 12 meses, computados desde el período mensual vencido inmediato anterior.

Se recuerda que mediante los artículos 48 y 49 de la resolución normativa (RN) N° 1/17 se establecieron los aspectos a tener en cuenta a fin de formalizar de oficio el cese de sujetos inscriptos como contribuyentes en el impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La medida fue adoptada a los fines de optimizar la información obrante en la base de datos del organismo fiscal y contribuir a una mejora en la gestión de la administración tributaria.

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