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Monotributistas y autónomos: alivio fiscal a partir de julio

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El Senado de la Nación aprobó el proyecto de alivio fiscal y de esa manera lo convirtió en ley que beneficiará a 4.498.419 de monotributistas y 140.000 autónomos. 

De esta forma se actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.

A partir del 1 de julio se establece que los montos máximos de facturación para las categorías A, B, C y D se actualizarán en 60% y el resto -de la E a la K- en 29,12%, en función del coeficiente acumulado a junio de este año, y que combina los dos aumentos que hubo en las jubilaciones en el primer semestre.

Además, las categorías A y B estarán exentas del componente impositivo, que representa $288 y $555, respectivamente. Este beneficio aplicará a los monotributistas que no tiene otros ingresos, ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles, por ejemplo.

La medida persigue que los contribuyentes no tengan que saltar hacia una escala mayor.

La facturación, en términos de ingresos brutos anuales que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será:

Categoría A hasta $748.382

Categoría B hasta $1.112.459

Categoría C hasta $1.557.443

Categoría D hasta $1.934.273

Categoría E hasta $2.277.684,56

Categoría F hasta $2.847.105,70

Categoría G hasta $3.416.526,83

Categoría H hasta $4.229.985,60

Categoría I hasta $4.734.330,03

Categoría J hasta $5.425.770,00

Categoría K hasta $6.019.594,89.

Los mencionados valores deberán considerarse para la recategorización de julio en la cual se deben comparar los ingresos brutos obtenidos por los pequeños contribuyentes entre el 1/7/2021 y el 30/6/2022.

Autónomos

Respecto a los autónomos que están alcanzados por el impuesto a las Ganancias, se estableció una suba de las deducciones a fin de que el mínimo no imponible quede más equitativo o cercano al que aplica a los empleados en relación de dependencia, beneficiados en la última actualización del “piso” de este tributo.

Para más detalles se deberá esperar la promulgación de la ley y su regLamentación por la AFIP

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