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El “aporte extraordinario” es susceptible de ser atacado por inconstitucional

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Según el tributarista Marcos Sequeira, la norma genera cuestiones de doble imposición, a las que se suma la confiscatoriedad. Asimismo, alerta sobre que, desde el punto de vista económico, esta nueva carga fiscal va a producir una caída en las inversiones y en el ahorro

MARCOS SEQUEIRA

La pandemia del coronavirus toma a los países de América Latina, salvo algunas excepciones, con déficits fiscales que hacen necesario un ajuste. En general, ya se han adoptado diversas medidas para mitigar la situación. Factor dialogó con el tributarista Marcos Sequeira, director de Posgrado de la Universidad de Belgrano y recientemente designado Jurado Externo de Tesis de la Universidad de Buenos Aires (UBA), quien opinó sobre la medidas para cubrir el déficit fiscal con motivo de la pandemia, la media sanción del aporte extraordinario y las condiciones fiscales que brinda Uruguay.

Según el especialista, los países de América Latina, en su mayoría, tiempo antes de la pandemia ya venían soportando importantes déficits fiscales. Con la paralización de la economía y la caída consiguiente de la recaudación, sumadas al significativo incremento en los gastos sanitarios, esta situación se agudizó. Asimismo agregó: “Hasta el momento, los déficits se vienen financiando con una expansión de la deuda y emisión monetaria. Los países que, como Argentina, tienen limitado el acceso al crédito, han recurrido a esta última fuente de recursos, con los efectos inflacionarios correspondientes. Lo concreto es que, hasta tanto llegue la ansiada reactivación, a la política tributaria también se le han sumado decisiones para fortalecer los ingresos públicos. Sin embargo, si la toma de deuda y la emisión monetaria no vienen acompañadas de una fuerte disciplina fiscal, los resultados en el mediano y largo plazo pueden ser devastadores. En ese orden de ideas, es necesario no perder de vista la equidad, considerando que la crisis, por sí misma, es regresiva y afecta más a los sectores menos favorecidos de la economía”, refirió el profesional. 

¿Se puede hablar de recetas idénticas para todos los países?

No es conveniente diseñar políticas uniformes para todos los países que integran la región. Dependerá de la posibilidad de aplicación que tenga cada uno, pues no todos tienen la misma urgencia de sostenibilidad fiscal, la capacidad de ampliar el espacio tributario e inclusive la misma fortaleza institucional. Como sea, la atención no debe limitarse a los ingresos, pues éstos son sólo un elemento de la ecuación. También es indispensable adoptar otras medidas dirigidas a mejorar la racionalidad, eficacia y transparencia del gasto público. Debe redoblarse el esfuerzo de coordinación internacional para la lucha contra la evasión y el lavado de activos. En este sentido, la República Argentina viene dictando “leyes de perdón fiscal” y moratorias cuya prórroga se renueva “mes a mes”; decisiones que atentan contra el fiel cumplimiento de las leyes tributarias y alientan la evasión impositiva y previsional. 

Diputados ya dio media sanción al proyecto de ley de Aporte Extraordinario de las Grandes Fortunas o “impuesto a la riqueza” ¿Qué efectos puede tener sobre la economía?

En principio, la recaudación prevista es de uno por ciento sobre el PBI; aproximadamente 300 mil millones de pesos. Desde el punto de vista económico, esta nueva carga fiscal va a producir una caída en las inversiones, en el ahorro y ya estamos viendo un éxodo de muchos capitales. Personalmente, opino que este “aporte extraordinario” es susceptible de ser atacado por inconstitucional y estimo que no se demorarán en entablar las demandas. Le doy algunas razones: la base imponible considera los activos, incluso aquellos que se encuentran no alcanzados por el impuesto sobre los Bienes Personales, tales como los títulos públicos, depósitos a plazo fijo, inmuebles rurales y participaciones societarias; prescindiendo de la fuente de financiación de este Activo: lo que conocemos como el “Pasivo”. Algo semejante a lo que ocurre con el mencionado impuesto sobre los Bienes Personales. Hay entonces un problema de doble imposición, al que se suma el de confiscatoriedad: las alícuotas de este aporte van de dos por ciento a 3,50% y se aumentan 30% para los bienes ubicados en el exterior, violando por esta vía el principio de equidad e igualdad fiscal. Si a estas alícuotas se le adicionan las del impuesto sobre los Bienes Personales, podemos llegar a tasas del orden de 10%. Esto implica que en 10 años el ciudadano termina cediendo 100% de su patrimonio a favor del Estado, lo cual es insostenible. Hay que aclarar, también, que sobre este punto la Corte tiene fijada doctrina pacífica desde hace muchísimos años. Ergo, las demandas tienen alta probabilidad de prosperar. 

También puede haber problemas con las provincias, pues este aporte no se coparticipa, sino que tiene un destino específico: 20%, para salud; 20%, destinado a las pymes; 15%, al desarrollo de barrios populares; 20%, para las becas “Progresar”, y el 25% restante para programas de exploración y desarrollo de gas natural, por medio de Enarsa.

¿Qué plantean los técnicos para países como Argentina, que ya vienen con una situación fiscal complicada? 

Los técnicos aconsejamos terminar con leyes de condonaciones de intereses y sanciones, incluyendo la penal. Como expresé, ellas alientan la evasión. En sustitución, pueden acordarse prórrogas, con intereses resarcitorios aminorados, teniendo en consideración cada sector de la actividad, pues no todos han tenido el mismo impacto como consecuencia de la pandemia. Asimismo, hay que evitar el aumento de alícuotas en los impuestos más regresivos, como el IVA e Ingresos Brutos. Es momento, de igual modo, para examinar la racionalidad de algunas exenciones y tasas reducidas y también para restablecer algún mecanismo de devolución para los sectores más vulnerables. Ya hay experiencias en este sentido. Por ejemplo, Colombia inició en el mes de marzo, apenas desatada la pandemia, un régimen de devolución de IVA a los más vulnerables y Brasil lo está considerando en su reforma de la tributación indirecta. Uruguay lo tiene en estudio. 

Por otra parte, hay que optimizar las fiscalizaciones, poniendo especial énfasis en los bienes y servicios comercializados por vía digital, porque una de las consecuencias de las medidas de cuarentena ha sido el crecimiento del consumo vía plataformas digitales, que en algunos países aún no está gravado o, al menos, no en la medida deseable. No estaría de más revisar incentivos, por ejemplo, en zonas francas. 

Es necesario de igual forma introducir cambios en el impuesto a las Ganancias, el cual, como consecuencia de numerosas reformas, se ha vuelto regresivo; cuando una de sus virtudes es la de su progresividad. Debe atenderse la situación de crisis y la precaria situación en que van a quedar numerosas empresas. Es necesario restablecer el mecanismo de ajuste por inflación, sin diferimientos. De este modo se va a lograr la reinversión en circuito empresarial. En suma, es necesario construir una política tributaria más eficiente y equitativa. 

¿Cuál es el motivo por el cual muchos argentinos eligen a Uruguay para establecer su residencia fiscal?

Uruguay decidió no aumentar ni crear nuevos impuestos con “la excusa” del Covid. Uruguay, como Argentina, viene con una situación fiscal complicada: déficit de cinco por ciento del Producto Interno Bruto en los últimos doce meses. La tasa básica del IVA es del 22%; una de las más altas de la región. Existe una tasa mínima de 10% del IVA para productos básicos. Los intereses por depósitos o títulos de deuda en moneda nacional (en este último caso, a plazos mayores que tres años) pagan siete por ciento del impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) categoría I (rentas del capital), mientras que los dividendos o utilidades abonan entre siete y 12 por ciento. La tasa máxima de IRPF categoría II (rentas del trabajo) llega a 36% y las contribuciones a la seguridad social personal son de 15% (la patronal es siete por ciento) y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) van de tres a ocho por ciento (según si tiene hijos y/o cónyuge a cargo). También es una referencia válida para Uruguay, que el Gobierno promovió un tributo transitorio (por dos meses) a sueldos estatales por encima de $80.000 líquidos y un adicional transitorio al impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) a todas las jubilaciones por encima de $100.000 líquidos, para financiar parte de las medidas tomadas ante el coronavirus (si bien se estima que su recaudación rondaría US$20 millones y las medidas costarían US$400 millones). Pero quizás lo más importante, es que Uruguay tributa sobre las rentas obtenidas en el país y no sobre la renta mundial, como sucede en Argentina. Sobre las ventajas que otorga Uruguay, se aplica una exoneración de impuestos durante un período importante, de cinco años, tanto a los Bienes Personales (llamado Impuesto al Patrimonio) así como a las Rentas de las Personas. Uruguay ofrece seguridad jurídica y, como si eso no bastara, hace unos meses ha flexibilizado los requisitos para obtener la residencia, para así atraer migrantes de alto poder adquisitivo. El texto legal vigente para obtener la residencia fiscal contempla dos nuevas posibilidades. La primera es la compra de un inmueble por al menos 380.000 dólares en lugar del 1,7 millón que se pedían anteriormente, siempre que la persona permanezca en el país por al menos 60 días al año. La segunda es la participación en una empresa por más de 1,6 millón de dólares, en lugar de los 5,3 millones anteriores, si la firma genera al menos 15 puestos de trabajo directos. En ambos casos, a partir del 1 de julio. 

En cifras

Según Sequeira, durante el primer semestre de 2020, alrededor de mil extranjeros pidieron residencia fiscal en Uruguay, la mitad de ellos, argentinos. Casi dos tercios correspondieron a empresas (688 firmas) y 318 fueron particulares que se convirtieron en nuevos vecinos uruguayos. “Como podemos observar, sobran motivos para pensar en cambiar la residencia fiscal”, señaló el profesional. 

Las demandas contra el llamado ‘Impuesto a la Riqueza’ tienen alta probabilidad de prosperar

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