miércoles 4, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ganancias y Bienes Personales: piden reprogramación de vencimientos periodo 2023

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El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le envió una nota a la Administradora General de la Administración Federal de Ingresos Públicos  -Florencia Misrahi- mediante la cual se le solicita la prórroga de la fecha de vencimiento para las presentaciones de las declaraciones juradas en el impuesto a las Ganancias Personas Humanas y en el impuesto a los Bienes Personales 2023.

“La Ley 27.743 de ‘Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes’ sancionada el pasado 28 de junio, contiene modificaciones relevantes que impactan directamente en las liquidaciones de Ganancias Personas Humanas y Bienes Personales para el período fiscal 2023. Al día de la fecha no ha sido publicada en el Boletín Oficial y una vez vigente, las entidades profesionales y cámaras empresarias contarán con un plazo de testeo de los sistemas web previo a la puesta a disposición en general. Teniendo en cuenta los tiempos que implica el desarrollo de esa labor y la posterior carga de información para las declaraciones juradas, el cronograma de vencimientos dispuesto para fines de agosto por la Resolución General AFIP 5516/24 resulta insuficiente”, reza la misiva.

La petición al ente de recaudación nacional de la reprogramación de fechas se basa en la necesidad que se contemple la publicación de la normativa y su correspondiente reglamentación, la prueba de los servicios web y un tiempo razonable para efectuar la carga de información que implica cada declaración jurada.

Monotributo

Asimismo, con fecha 4 de julio se le envió una solicitud al organismo fiscal pidiendo el aplazamiento para la la recategorización del Monotributo, cuyo vencimiento opera el próximo 22 de julio del año en curso.

“Además del inminente vencimiento, motiva la misiva que aún la Ley 27743 de ‘Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes’, sancionada el pasado 28 de junio, no ha sido oficializada en el Boletín Oficial, también, requiere la reglamentación para que los Pequeños Contribuyentes puedan determinar su nueva categoría o reingresar al régimen en algunos supuestos”, dice la nota.

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