Desde el próximo mes la documentación necesaria para trasladar granos dentro del país deberá tramitarse de forma digital
La Administración Federal de Ingresos Públicso (AFIP) dispuso que desde el próximo 1 de noviembre será de uso obligatorio la Carta de Porte Electrónica (CPE), herramienta que permitirá simplificar los trámites, mejorar la capacidad de fiscalización del sector agrícola y limitar maniobras de evasión.
La digitalización de la carta de porte, reemplaza a los formularios en formato papel que hasta ahora se utilizaban para documentar el traslado de granos automotor y ferroviario al interior del país.
Con la
Con la nueva modalidad, el proceso de solicitud, carga y emisión del comprobante se hará online en un solo paso y en una misma aplicación. Las Cartas de Porte Electrónicas no serán reutilizables y contarán con un código de barras y código QR que permitirá visualizar los datos de origen y destino de la carga, fundamentales para el control en ruta.
Sujetos que podrán confeccionarla
-Productores de granos inscriptos como tales ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
-Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y que las mismas se encuentren declaradas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
-Productores de granos inscriptos como tales ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y que las mismas se encuentren declaradas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
-Quienes sean autorizados por resolución fundada por la AFIP.
Más información en la Guía de Trámites de Carta de Porte
Fuente: Web AFIP