La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, publicó, en su página web, los valores de aportes personales que rigen a partir del 15 de noviembre de 2024. Aquellos deberán ser ingresados mensualmente por los trabajadores autónomos a partir del período devengado noviembre 2024, con vencimiento en diciembre de 2024.
Trabajadores autónomos
Valores vigentes a partir de noviembre de 2024
Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías Importes en pesos
I $ 45.409,07
II $ 63.571,72
III $ 90.817,34
IV $ 145.307,67
V $ 199.797,26
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías Importes en pesos
I’ (I prima) $ 49.666,17
II’ (II prima) $ 69.531,56
III’ (III prima) $ 99.331,47
IV’ (IV prima) $ 158.930,27
V’ (V prima) $ 218.528,25
C) Afiliaciones voluntarias
Categorías Importes en pesos
I $ 45.409,07
D) Menores de 21 años
Categorías Importes en pesos
I $ 45.409,07
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categoría Importe en pesos
I $ 38.313,90
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos
I $ 15.609,37
Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 Importes a pagar
A $ 35.417,74
B $ 43.478,41
B’ $ 47.554,52
C $ 58.120,78
C’ $ 63.569,60
D $ 86.954,80
D’ $ 95.106,81
E $ 145.191,28
E’ $ 158.802,97
F $ 203.087,51
G $ 290.270,84
G’ $ 317.483,74
H $ 435.577,14
I $ 544.898,04
J $ 544.898,04
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar
A $ 29.883,72
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar
A $ 12.174,85
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)
Categorías Rentas de Referencia en pesos
I $ 141.903,33
II $ 198.661,61
III $ 283.804,20
IV $ 454.086,49
V $ 624.366,44
Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006
a) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 50 CENTAVOS” ($1021675,50)”.
b) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 50 CENTAVOS” ($1021675,50)”.