Las entidades bancarias deberán informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cuando el importe total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social y otras sea igual o superior a un millón de pesos. Ese monto estaba fijado, hasta ahora, en 700 mil pesos.
Con respecto a los consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se eleva de $400.000 a $600.000 el importe a reportar.
En tanto, para el caso de las billeteras virtuales la suma, a partir de la cual tienen el deber de informar al Fisco nacional, se eleva de 400 mil pesos a 600 mil pesos en el periodo.