domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

AFIP: en qué se podrán invertir los dólares regularizados

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El Fisco hizo público un listado que contempla diversas actividades productivas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) divulgó el pasado viernes en qué se pueden invertir los dólares que se declaren en el régimen de blanqueo de capitales.

Conforme lo publicado en la resolución 590/2024, el listado contempla diversas actividades productivas y recuerda que -bajo este régimen- los contribuyentes podrán regularizar activos no declarados, tanto en el país como en el exterior, mediante el pago de un impuesto especial.

De esta manera, la normativa establece que se podrán adherir al blanqueo personas físicas y jurídicas residentes fiscales en el territorio nacional al 31 de diciembre de 2023. También personas físicas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país hasta antes de esa fecha.

Los activos que pueden entrar en el blanqueo son los siguientes:

– Dinero en efectivo, tanto en Argentina como en el exterior.

– Dinero depositado en cuentas bancarias del exterior.

– Títulos valores depositados en entidades del exterior.

Los activos que entren en el blanqueo deberán depositarse en una cuenta especial de regularización de activos. Según la norma, se debe pagar un impuesto especial sobre el valor de los activos regularizados y que la tasa del impuesto especial es de 20% para activos en Argentina.

Los fondos regularizados pueden destinarse a la suscripción o adquisición de:

– títulos públicos emitidos por el Estado Nacional, Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

– certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos que fomenten la inversión productiva;

– cuotapartes de fondos comunes de inversión;

– inversión directa o indirecta en proyectos inmobiliarios que

La fecha límite para la manifestación de adhesión a la etapa 1 es el 31 de agosto próximo. En tanto, el pago del impuesto especial debe realizarse en un plazo de 90 días a partir de la adhesión al régimen.

Finalmente, la resolución menciona: “Los fondos regularizados deben mantenerse en las inversiones permitidas hasta el 31 de diciembre de 2028”.

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