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Personas jurídicas: desarrollan mecanismos para favorecer la competitividad

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La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos dispusieron que las personas jurídicas cuya fecha de inicio de actividades ante la AFIP haya tenido lugar dentro de los 12 meses anteriores al momento de su valoración en el marco del Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) de la Resolución General N° 4294 (AFIP) y su fecha de inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP), tuvo lugar dentro del mismo período, gozarán de una modificación en los parámetros de valoración del referido sistema, conforme a lo previsto por el artículo 6° de la citada resolución general.

La Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva, en su carácter de autoridad de aplicación del Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP), informará periódicamente a la AFIP, la nómina de las personas jurídicas debidamente registradas en él dentro de los últimos 12 meses.

Dicha información deberá ser remitida mediante el formulario de declaración jurada F. 1266 y comprenderá: razón social, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), sector al que pertenece y fecha de inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP), no obstante, la AFIP podrá requerirla en cualquier momento.

La medida fue adoptada para favorecer la competitividad de aquellas personas jurídicas recientemente constituidas que no registran antecedentes, a los efectos del control previsto por el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF).

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