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“La AFIP sigue legislando en forma aislada y no permite planificar una conducta tributaria”

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Así opinó Graciela Treber –contadora pública- con respecto a la ampliación del plan de pagos, prórroga de vigencias y/o extensión del alcance. Consideró difícil que puedan ser utilizadas por
empresas que están operando regularmente

Mediante la resolución general (RG) 4541, con vigencia desde el pasado día 1º de este mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el plan de facilidades de pago ya aprobado mediante RG 4477 de hasta 60 cuotas, permitiendo el acogimiento hasta el 31 del corriente. “Este régimen de ampliación en el plazo y en algunas obligaciones referidas a planes caducos o no aceptados hasta el 31/07/19 no significa de ninguna manera reducción de los intereses que pudieran corresponder ni eliminación de las eventuales sanciones que pudieran corresponder”, señaló Graciela Treber –contadora pública e integrante del estudio Salvador Treber– al ser consultada por Factor sobre los alcances de la nueva normativa.

¿Cuáles son los puntos a destacar de la RG 4541?
La RG modifica la fecha de corte de las obligaciones posibles de incorporar y, en este sentido, se incluyen obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 30 de abril de 2019, inclusive, con sus intereses y multas.
Asimismo, se establece un nuevo tipo de plan para obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago ya sean generales, sectoriales, regionales o especiales, siempre que su caducidad haya operado durante julio de 2019,o bien hayan sido rechazados en su presentación a partir del 1 de julio de 2019.
En este último caso, el pago a cuenta a abonar será cinco por ciento del total de deuda consolidada; el máximo de cuotas será de 36 y no operara para este tipo de planes el tope en la tasas de interés que está vigente para las adhesiones de las mipymes
Este nuevo plan del sistema “Mis facilidades” estará recién disponible desde el próximo lunes 12.

En datos, ¿cuál es la situación actual de las empresas?
Es evidente la crítica situación del sistema productivo, especialmente del sector manufacturero, que en cifras del Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec) muestra para junio del corriente año una caída interanual de 6,9% y una baja desestacionalizada de 1,8% respecto al mes anterior de mayo.
Idéntica situación enfrenta el sector de la construcción cuyos datos publicados por Indec para junio son aún peores. La caída del sector en forma interanual fue 11,8% mientras que respecto a mayo del corriente año, es decir con respecto al mes anterior, es de 4,2%.
Estos indicadores preocupantes en sectores claves para el empleo y la actividad económica -los grandes generadores de puestos de trabajo- hacen presagiar que la recesión lejos de ceder se prolongará en el tiempo.
Esta situación se agrava en el caso de las empresas del sector pyme, que paralelamente son también las que crean la mayor parte del empleo. Esta situación se ve reflejada en la pérdida de empleo registrado y en los elevados índices de desocupación que se muestran por sectores y por franjas etarias y de género.

¿Considera que las medidas del Fisco nacional son acertadas?
En este contexto, el organismo recaudador –la AFIP- lejos de proponer y ampliar las posibilidades para que las empresas, especialmente las pymes que aún pelean por su subsistencia, sigan en pie, parece hacer exactamente lo contrario.
Es sabido que la función de AFIP como organismo recaudador es justamente ésa y que la función del recaudador se mide justamente por el incremento real de la recaudación que pueda hacer efectiva, pero también es un organismo que permite desplegar políticas públicas en el ámbito tributario.

Está claro que esta forma de legislar aisladamente planes e ir prorrogando su vigencia y ampliando su alcance no permite planificar una conducta tributaria y difícilmente pueda ser utilizada por empresas que están operando regularmente.
La falta de cumplimiento en término de obligaciones previsionales y fiscales hace que las empresas caigan en su evaluación de cumplimiento, lo que repercute en la posibilidad de utilización de los planes permanentes, ya que la AFIP rápidamente disminuye los planes disponibles de ser utilizados para financiar obligaciones corrientes.
Por otra parte, las nuevas tasas de interés de la AFIP -vigentes desde marzo de 2019- han convertido al organismo en una entidad que pretende disuadir a los contribuyentes de abonar los tributos en término poniéndose en línea con la tasas de interés ofrecida por el Banco de la Nación Argentina (BNA) para plazos fijos.

Los organismos del Estado no están comprendiendo la gravedad de la situación. Las pymes no tienen excedentes que les permitan optar entre cancelar sus obligaciones impositivas o poner esos fondos a plazos en el sistema financiero… Las opciones en muchos casos pasan por abonar las obligaciones impositivas o pagar el sueldo de sus trabajadores o los insumos que les permitan seguir produciendo.
A esta situación se suma la nula asistencia crediticia por parte del sistema financiero que hoy enfrentan las pymes debido a las altísimas tasas vigentes en el mercado.
Los regímenes de presuntos beneficios fiscales destinados a las pymes parecen contradecirse con el nivel de embargos a cuentas de esas empresas que ha venido realizando la AFIP, que en 2018 llegó, según registros, a 180.000.

Expectativa en baja
Según la profesional, los planes y regímenes anunciados y vigentes para “apoyo” del sector pymes son herramientas valiosas en un contexto de expectativas de crecimiento y como paliativo para superar un periodo corto de dificultades financieras. “Si esas herramientas son utilizadas como solución permanente en un contexto de reducción de actividad sólo sirven –escasamente- como respirador artificial sin que aporten en realidad soluciones de fondo”, sentenció la especialista.

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