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Simplifican trámite Puerta a Puerta y no será necesario concurrir a la Aduana a retirar la compra

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El sistema propicia una mejora en la calidad del servicio al ciudadano, hace más simple el circuito declarativo y el pago de tributos, al tiempo que descongestiona de paquetes el organismo aduanero

El esquema actual de compras al exterior tiene dos modalidades. El servicio “Puerta a Puerta” por medio del Correo Argentino y el sistema de Courier para pequeños envíos, mediante compañías privadas de servicios postales, siempre que sean para uso o consumo personal y que por su especie y cantidad no hagan presumir finalidad comercial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó las condiciones bajo las cuales tanto las personas humanas cómo jurídicas pueden traer productos del exterior.
Para conocer más sobre el tema, Factor dialogó con Gustavo Fadda – magister, docente de varias universidades y especialista en comercio exterior- quien señaló: “Una de las diferencias principales entre las dos variantes es que el sistema ‘Puerta a Puerta’ incluye una franquicia, es decir, un monto permitido de compras que está libre del pago de impuestos una vez llegado al país.

Hasta el pasado 31 de marzo del corriente año, en el servicio ‘Puerta a Puerta’ se permitía, por año, una sola operación de 25 dólares libre del pago de tributos. Ante una compra, si el producto en cuestión tenía un precio que superara ese monto límite, el comprador pagaba 50% del excedente. Es decir que por un bien que costó 50 dólares, pagaba 50% de los 25 dólares por encima del tope, es decir 12,50 dólares”.
Según el profesional, también se exigían otras condiciones, entre ellas que el precio del producto a recibir en el domicilio no podía superar 200 dólares, no podía pesar más de dos kilos y era necesario registrar una declaración simplificada ante la AFIP confirmando la recepción del producto. Más allá del monto de la franquicia, no existen límites respecto a la cantidad de compras anuales.

¿Cuáles son los cambios que se introdujeron en el servicio Correo Argentino, incluido el Puerta a Puerta?
La AFIP habilitó a partir del pasado 1 de abril el nuevo servicio “Puerta a Puerta” para las compras internacionales por medio del Correo Argentino, en el que se simplifica el trámite y ya no será necesario concurrir a la Aduana para retirar la mercadería. La medida fue implementada por medio de la resolución general (RG) 4447/19, publicada el pasado viernes 29 de marzo en el Boletín Oficial, y comprende a las compras realizadas en el extranjero que no superen US$3.000 y que por su especie y cantidad no hagan presumir finalidad comercial. Asimismo la norma establece que, a partir de abril, la cantidad y el monto de las compras exentas de impuesto será elevado, de un único envío anual de dólares 25, a 12 envíos de dólares 50 cada uno en el mismo período, es decir hasta un máximo de US$600 anuales.
De corresponder el pago del tributo único de 50% sobre el importe excedente de la franquicia, el usuario recibirá en forma automática una liquidación que deberá cancelarse en un plazo máximo de 24 horas. La RG expresa que «una vez validado el pago y de no requerirse por parte del servicio aduanero la entrega presencial del envío», se procederá a liberarlo para su remisión al domicilio declarado por el comprador.
El nuevo régimen contempla, no obstante, que el servicio aduanero «podrá observar el valor declarado, reliquidando éste conforme la verificación realizada».
A su vez, se eliminan todas las intervenciones previas de los distintos organismos así como la exigencia de los estampillados, con lo cual ahora se pueden importar por este sistema alimentos, cosméticos, calzados, textiles, juguetes, electrónicos y eléctricos, etcétera.
Según se desprende de la RG, también se permitirá «la introducción de especialidades medicinales», previa presentación de las recetas médicas, que deberán estar «intervenidas» por autoridades sanitarias nacionales.
Asimismo, quedó establecido que los libros, impresos y documentos seleccionados por el servicio aduanero, previo control mediante métodos no intrusivos, «serán librados bajo el servicio puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar la Declaración Simplificada de envíos postales internacionales».
En caso de que el destinatario desconociese el contenido del envío, deberá indicarlo en la declaración y concurrir (personalmente o representado) a la sucursal del Correo Oficial con asiento de aduana a efectos de tomar conocimiento y efectuar el pago para la entrega del mismo.
Otra diferencia respecto del sistema anterior es que tampoco será necesario realizar el trámite por medio de la página web de la AFIP, ni contar con Clave Fiscal nivel 3 para realizarlo. La declaración del contenido del paquete continúa vigente. Se deberá cargar cada ítem que forme parte del pedido. La principal diferencia que hay en este punto es que la declaración jurada no se va a hacer en la página de la AFIP. Todo se hace dentro del mismo portal del Correo Argentino.

Con el nuevo mecanismo, el destinatario recibirá, como sucedía hasta ahora, una notificación del Correo Oficial por medio del cual se le informará que existe un envío a su nombre, indicando el número de tracking asociado. Con este número, deberá completar la Declaración Simplificada de envíos postales internacionales en el sitio web del correo (www.correoargentino.com.ar). El nuevo portal de Envíos Internacionales del Correo Argentino está disponible en la dirección web https://epago.correoargentino.com.ar/
El único requisito, para poder acceder a la nueva plataforma del Correo y así poder recibir el paquete internacional, es poseer un Documento Nacional de Identidad (DNI).
Con el DNI se deberá crear una cuenta, ingresando los siguientes datos: nombre, apellido, CUIL y, una cuenta de e-mail o correo electrónico ya que por medio de éste el correo canalizará oficialmente todas las comunicaciones. Para el registro deberán registrarte con el CUIL (para el caso una persona física) y además deberán ingresar el «Número de trámite del DNI». Con esos dos datos, el sistema consulta al Registro Nacional de las Personas (Renaper) y en caso de ser datos válidos se acepta el registro. En caso de que sea un regalo, o se desconozca el contenido del paquete se podrá tildar una opción para esto. Al marcarlo, se deberá obligatoriamente presentarse en la Aduana.

Pago de tasa
Según el especialista todos los paquetes que lleguen a Argentina deberán pagar al menos los $140 correspondientes a la tasa del Correo Argentino.
Es por ese motivo, que a pesar de que el pedido sea inferior a US$50, siempre se deberá abonar un importe. Igual que la declaración, el pago será por medio del portal del Correo Argentino y no hará falta ingresar al sitio de la AFIP. Los pagos se actualizan cada cinco minutos.
Es decir, que cada cinco minutos el Correo Argentino recibirá la información de pago, actualizando el estado de éste en el portal.

Courier – Empresas Prestadoras de Servicios Postales
Mediante la RG 4450 AFIP se fijó el procedimiento operativo aplicable a los envíos que ingresen por medio del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, destinados a personas humanas o jurídicas, de hasta 50 kg, valuados en un importe inferior o igual a US$3.000, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial. Según la norma, los envíos definidos precedentemente sólo podrán ser utilizados cinco veces por año calendario y por persona.
A su vez, el comprador deberá contar con domicilio fiscal electrónico constituido y el prestador del servicio deberá informar al Fisco nacional en un plazo de 24 horas, la entrega del envío al consignatario, identificándolo mediante su correspondiente CUIT, CUIL o CDI.
El mencionado consignatario recibirá un correo asociado a su domicilio fiscal electrónico notificando dicha situación y podrá, con “Clave Fiscal” nivel 2 como mínimo, ingresar al módulo “Envíos Postales Internacionales” de la página “web” del órgano recaudador y consultar el detalle del envío, el Prestador de Servicios Postales PSP/Courier actuante y la afectación del cupo.

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Comentarios 5

  1. María Clara Casotti says:

    Ingrese a correo argentino averigüe luego de registrarme por el seguimiento. Me dicen que tengo que hacer declaración y pago de tasa para liberarlo. El paquete viene de Singapur son un par de zapatillas ortopédicas de 500grs aprox. Que debo hacer..?nro.de envioorigen;RW112339995SG nro asignado RD877340957AR QUE DEBO HACER para poder recibir mi compra.

  2. Roberto says:

    Hola:
    ¿Cuales son las medidas máximas que puede tener un paquete enviado desde el exterior? El peso, sé que no debe exceder los 20kg. Me refiero a envios del exterior que entrega Correo Argentino.

  3. Susana Abeya says:

    me envio mi hija de canada 10 barbijos caseros UR402772343CA y recibi notificacion RD855540055AR del 19/4/21 yo he conseguido poder abonar los $264 y desearia que me ayudaran a recuperar el envio.Que en pocos dias regresara a Canada.Por favor ayudenme….gracias

  4. Rosana says:

    Completo

  5. Romilda Mercedes Soto says:

    Me parece un avance hacia la modernización del Estado. Y el Correo tendra una transformacionen servicios y facturación.

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