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Trabajo lanza moratoria para registración de empleadores

18 agosto, 2017
Trabajo lanza moratoria para registración de empleadores

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Dispuso un “Sinceramiento laboral automático”, que se extenderá por siete meses. Apunta a que las empresas actualicen información sensible vigente en las normativas. Regirá desde el 1 de septiembre próximo. Luego se buscará migrar a una suerte de “histórica clínica” laboral

El Ministerio de Trabajo de la Provincia lanzó un plan de “Sinceramiento laboral automático” para que miles de empleadores en falta actualicen sus datos laborales. El plan estará vigente desde el 1 de septiembre próximo y regirá por siete meses.
Después de ese período, la Provincia apunta a poner en marcha un nuevo libro de inspecciones digital que incluirá la confección de una suerte de “historia clínica” de las empresas.
Todos esos trámites se enmarcan en el “Sistema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y Documentación Laboral”. Actualmente, el registro incluye a poco más de 67 mil empleadores y a 455 mil trabajadores registrados, unos 65 mil menos que el total de empleados “en blanco” que relevan los indicadores laborales que muestran las estadísticas nacionales respecto de los aportantes al Sistema Previsional Argentino (SIPA).
“Hemos detectado muchas inconsistencias en distintos cruces de datos”, reveló a Comercio y Justicia el ministro de Trabajo, Omar Sereno, para justificar la decisión plasmada en la resolución fechada el 11 de agosto y publicada ayer en el Boletín Oficial.
En ese marco, previo a labrar la multa correspondiente en función de la irregularidad en la que incurrió el empleador, Trabajo lanzó este plan, una suerte de moratoria aunque en este caso vinculada a datos laborales.
El sinceramiento laboral automático deberá realizarse “sólo por aplicativo destinado a este fin, sin posibilidad de emitir rectificativas, por el término de siete meses calendario contados a partir del 1º de Septiembre de 2017, ingresando la información a la Base de Datos de la Provincia de Córdoba a modo de Declaración Jurada que realiza el empleador en un solo acto, y con emisión de acuse de la transacción”, señala la normativa en su primer artículo.
Los datos objetos del sinceramiento son los correspondientes al empadronamiento en todos sus pasos, los datos de carga de domicilios y trabajadores y las presentaciones de documentación laboral sujeta a rúbrica.
Sereno recordó que desde 2010 y en cumplimiento de las normativas laborales, se avanzó en la apertura de una Ventanilla Digital para ingresar esos datos, complementaria de la Ventanilla Manual.

A partir de septiembre, se acotará el número de trabajadores previstos para actualización de datos en Ventanilla Manual, ahora sólo para empresas con entre uno y dos empleados.
La norma prevé asimismo la implementación de un operativo de inspección, “tanto por medios físicos/notificaciones, humanos y digitales”, una vez vencidos los siete meses para actualizar datos.
En los considerandos del instrumento, la autoridad laboral recordó que la regulación de los requisitos necesarios para la rúbrica y habilitación de la documentación en la materia es clave para determinar los derechos y obligaciones de las partes que componen una relación laboral. Al mismo tiempo, esos datos son útiles para organismos previsionales, de la seguridad social e impositiva.
En ese marco, Trabajo recordó que los datos requeridos “no sólo permiten identificar a cada empleador/empresa, sino también permiten conocer acabadamente su situación por parte de la autoridad de aplicación”, al tiempo que requiere que esos datos se encuentren permanentemente actualizados. Respecto a justificar la puesta en marcha del plan de sinceramiento, Trabajo recordó que “ha realizado una auditoría interna sobre la estabilidad del sistema y la calidad de los datos, es decir, la observación de la existencia de inconsistencias en la carga de datos aportados por las empresas empleadoras”.
En ese contexto, la auditoría permitió constatar “la existencia de inconsistencias de gran cantidad de empleadores que no se presentan al turno de empadronamiento; existencia de empadronamientos en proceso o media carga de datos; falta de declaración de bajas definitivas cuando ocurren; falta de carga de trabajadores con sus datos completos y correctos; falta de actualización de los códigos de actividades en virtud del nuevo CIU 883 vigente de AFIP”.
Además se verificó un alto grado de incumplimiento en las presentaciones de Libros en general y Planillas en la Ventanilla Manual.

También, que existe un alto número de empleadores que no han cargado trabajadores. Sobre ese punto, la norma señala que “comparando los cortes mencionados con la rúbrica digital el incumplimiento en opción Manual es muy alto y el porcentaje se acentúa en el rango 1-2 en primer lugar y en segundo lugar en el rango 3-5, siendo inversamente proporcional a la rúbrica manual, teniendo la bandeja Digital un cumplimiento del 75%”.
Luego de constatar la falta de presentaciones y tras cruzar datos con AFIP, se dio de baja de oficio a aquellos que no se veían como empleadores en pantalla de AFIP o que por diversos motivos tienen bloqueada la pantalla de AFIP. Concretamente, fueron 2.665 los empleadores que se desactivaron bajo esa modalidad. La mora en la actualización de datos, también incluye falta de presentaciones de planillas de Horarios y Descanso.

Datos en mora

Entre la información no actualizada por parte de los empleadores, figura la falta de declaración de bajas y falta de carga de trabajadores con datos completos.

También se detectaron inconsistencias entre las actividades declaradas y las que realizaban de manera efectiva las compañías.

Otra de las faltas constatadas fue la deficiencia en la presentación de planillas de Horarios y de Descanso de cada empresa.

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