El Ministerio de Agroindustria de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminaron definitivamente el uso de formularios en papel en operaciones con granos, con el objetivo de agilizar la presentación de información, según se anunció oficialmente.
“La medida deroga normativas que obligaban a los responsables de operaciones primarias de depósitos y/o compraventa de granos a brindar información referida a los formularios impresos que respaldaban sus operaciones”, explicó la AFIP.
La normas suprimidas son las resoluciones generales 4956 (Oncaa) y 2324 (AFIP); además se modificaron la 456 del Ministerio de Agroindustria y la 1593 del organismo recaudador.
“A través de éstas se eliminan regímenes informativos posteriores a las operaciones, en los que se requerían datos de los comprobantes en papel emitidos por el sector, como las cartas de porte, liquidaciones y certificaciones primarias de granos”, explica el comunicado oficial.
También queda sin efecto la obligación de llevar el “Libro de Existencias” de granos, y el Formulario C14, que establecía la existencia de granos en plantas de acopio. “A partir de ahora, ambos organismos compartirán información y eliminarán la duplicidad de exigencias en las presentaciones”, se informó. La medida se complementa con los cambios realizados en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) del Ministerio de Agroindustria, que eliminó el Registro de Productores porque su información ya estaba a disposición de la AFIP y del Servicio Nacional de Sanidad Animal (Senasa).
A su vez, se modificó el criterio de identificación de operadores sin la necesidad de inscribirse ni arancelarse, puesto que la información se encuentra en otros organismos.