La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó los plazos para los pagos del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. La extensión servirá a todas aquellas empresas que han cerrado o cierran sus ejercicios fiscales entre el 31 de diciembre último hasta julio de 2009. El organismo también aclaró que los pagos efectuados de acuerdo con el cronograma previsto en el anexo de la resolución 2532 de la AFIP no serán considerados fuera de término, por lo que no deberán pagar intereses.
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