domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Presentan un anteproyecto de “Ley Bitcoin” 

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Lo hizo la ONG Bitcoin Argentina, para “regular el mercado de la cripto economía”

La ONG Bitcoin Argentina presentó un anteproyecto de ley que propone “regular el mercado de la cripto economía, preservando la descentralización y la protección del ahorro y confianza del público” como propósitos principales.

“Siempre hemos rechazado los intentos de regulación de la cripto economía, pero esta vez nos pusimos como meta dar una respuesta positiva, con sólo dos propósitos: preservar la descentralización y proteger el ahorro y la confianza del público”, explicó el abogado y presidente de Bitcoin Argentina, Ricardo Mihura.

En esta línea, en un comunicado de la ONG, Mihura manifestó: “No podemos cerrar los ojos ante la cantidad de actores y proyectos deshonestos que circulan con la marca blockchain”.

En su primer artículo, la iniciativa “declara que protege la propiedad y derechos sobre bitcoin todos los cripto activos, y contempla tres categorías de plataformas de prestación de servicios y de cripto activos: descentralizados, centralizados locales o dispuestos a dialogar con las autoridades, y centralizados globales

Bitcoin y las categorías “descentralizadas” quedan fuera de la competencia regulatoria de la autoridad de aplicación, ya que “se las considera moneda sin curso legal y se reconoce el derecho de operar con ellas en libertad y desarrollarlas“, argumentó Bitcoin Argentina.

En tanto, la responsabilidad de operar con cripto activos y plataformas descentralizadas es exclusivamente de sus usuarios.

“Esto no es porque la descentralización sea una palabra mágica, sino porque la descentralización elimina el riesgo moral, porque permite a las partes interactuar en forma directa y con la seguridad objetiva que brinda el código”, explicó Mihura al exponer en Labitconf 2023.

Por su parte, a las categorías centralizadas locales se las prevé enmarcar en reglas normales de requisitos de calificación y de supervisión administrativa, y se las incentiva o “premia” con el acceso al sistema bancario y de pagos para sí y para sus clientes, la aplicación de normas generales sobre responsabilidad civil no objetiva, y la independencia patrimonial de las reservas.

Respecto de la categoría de cripto activos y servicios centralizados globales, se les permite operar libremente pero se los desincentiva mediante hacer responsables solidarios por sus riesgos a todos los que los operen o promuevan, y a sus administradores.

“Se les otorga a los usuarios la protección judicial más amplia posible, garantizando el derecho a reclamar por daños derivados de incumplimientos y de hacerlo ante la jurisdicción local de su domicilio”, explicó la ONG en su comunicado.

Por último, Mihura anticipó su disidencia a establecer prohibiciones para actuar, sobre lo cual dijo: “Argentina no tiene ninguna posibilidad de prohibir a sus residentes operar en entornos globales”.

“No tiene sentido proponer una prohibición de arriba hacia abajo y optamos por proponer el derecho a reclamar ante un juez, a los responsables de provocarles un daño concreto y real; lo cual incluye a los responsables directos y a todos los que lucran en la cadena de comercialización de un fraude, hasta el damnificado final”, concluyó.

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