lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Prepagas: el Gobierno limitó la cubertura de medicamentos y prácticas

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Este lunes, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 3934/24, que introduce nuevas limitaciones en las coberturas de las prepagas y obras sociales. La normativa establece que, en los planes cerrados, sólo los médicos de la cartilla del prestador de salud podrán realizar prescripciones de medicamentos o tratamientos. Esta medida busca evitar conflictos judiciales y limitar reintegros indebidos.

La disposición también funciona como una condición obligatoria: si las prepagas y obras sociales no cumplen con la normativa, no podrán acceder a los reintegros que administra el Estado. Un esquema similar se implementó recientemente con la inscripción obligatoria en el Registro de Agentes del Seguro, sin la cual las entidades no pueden recibir aportes de la seguridad social.

Diferencias entre planes abiertos y cerrados

La resolución aclara las diferencias operativas entre los planes de salud:

  • Planes abiertos: Los beneficiarios pueden elegir entre los prestadores de la cartilla o recurrir a profesionales externos.
  • Planes cerrados: La atención está restringida a los profesionales de la cartilla, que son los únicos habilitados para recetar medicamentos o indicar tratamientos.

Generalmente, los planes cerrados son más económicos, mientras que los abiertos implican un mayor costo. La nueva regulación responde a la práctica extendida de permitir que médicos ajenos al sistema realicen prescripciones, situación que ha generado un fuerte rechazo por parte de las prepagas y obras sociales, especialmente cuando se trata de medicamentos de alto costo.

Los medicamentos de alto costo: el eje del conflicto

Los medicamentos llamados “catastróficos” —por el elevado impacto financiero que tienen sobre las obras sociales y prepagas— son uno de los principales factores que, según expertos, desequilibran el sistema de salud en Argentina. En este contexto, el sector insiste en la necesidad de crear una Agencia Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias para regular su uso y cobertura.

La resolución 3934 también detalla el rol de la SSS en la administración del Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE), que fija los procedimientos, condiciones y valores para el reintegro por parte de los Agentes del Seguro de Salud. Según la normativa, estas medidas buscan garantizar la sostenibilidad del sistema y asegurar el acceso equitativo a tratamientos y medicamentos para los beneficiarios.

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