martes 23, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
martes 23, abril 2024

Nueva merma de la nómina de contribuyentes de Riesgo Fiscal, que aun así es 63% del total

ESCUCHAR

En diciembre alcanzó 60.577 deudores de Ingresos Brutos, la más baja desde enero pasado. En julio había tocado un récord de 70.450. Los incluidos en el listado deben pagar alícuota agravada. De todas formas, pese a la baja, el porcentaje de morosos sigue muy elevado. El padrón excluye al Monotributo Unificado

Los contribuyentes del impuesto a los Ingresos Brutos catalogados de Riesgo Fiscal alcanzaron en diciembre a 60.577, cifra que representó 1.022 deudores menos que los relevados en noviembre. Al mismo tiempo, el número de diciembre fue el más bajo desde enero último cuando el padrón había alcanzado a 60.274 morosos. Más atrás en el tiempo, hay que remontarse a agosto del año pasado para ubicar un número inferior.

Si se considera que la nómina de Riesgo Fiscal excluye a 160 mil contribuyentes del Monotributo Unificado Córdoba (MUC), los 60.577 deudores informados en diciembre, representan 63,76 por ciento de los 95 mil contribuyentes de Ingresos Brutos locales y los que tributan por Convenio Multilateral.

Quienes se encuentran en ese padrón son obligados con algún tipo de irregularidad con el Fisco y deben tributar alícuota agravada, según la normativa vigente.

Según los datos informados por la Dirección de Rentas, en diciembre hubo 2.144 contribuyentes que ingresaron en la nómina de Riesgo Fiscal en tanto que 3.166 regularizaron su situación y salieron del listado.

Esa tónica, esto es una diferencia mayor de quienes regularizaban respecto a los que entraban como deudores, se viene observando de manera sucesiva desde octubre pasado. Tal como lo informó entonces Comercio y Justicia, la evolución fue más producto de una decisión estratégica de Rentas de “relajar” controles frente a la profunda crisis que atravesaban comercios y pymes a la hora de poder regularizar su situación que a una mejora en la conducta de pago de los contribuyentes. De hecho, en septiembre, previo a esa decisión del organismo recaudador, habían ingresado al padrón de Riesgo Fiscal 6.401 deudores y sólo habían regularizado 2.520.

Desde entonces, en octubre sólo ingresaron 1.439 frente a 5.594 egresos,  en noviembre fueron 1.364 los que entraron y 2.923 los que pagaron y, ahora, en diciembre, si bien aumentó el número de los irregulares respecto a los dos meses anteriores, también subió el número de los que pagaron y salieron de la nómina.

El padrón de Riesgo Fiscal debutó en abril de 2017 con más de 111 mil contribuyentes en falta, prácticamente la mitad del total de sujetos inscriptos en ese tributo, incluyendo entonces a todos los contribuyentes de IIBB, esto es también los que pagaban los mínimos. Con todo, luego se depuró y más adelante se modificaron los patrones de corte para incluir a deudores en ese listado. De hecho, quedaron fuera quienes hoy figuran en el Monotributo Federal.

La herramienta Riesgo Fiscal es un régimen de revisión continua para los contribuyentes de IIBB en función del interés fiscal que presentan y del cumplimiento de los deberes formales y materiales. Están alcanzados aquellos contribuyentes, agentes y/o responsables de IIBB que se encuentren “con alguna irregularidad” frente al Fisco. Entre las situaciones “irregulares” que ameritan la publicación de los contribuyentes en ese padrón figuran quienes:

• en los últimos 36 meses no hubiesen presentado o pagado seis o más DDJJ y/o anticipos;

• tengan determinada de oficio y firme la obligación tributaria y no la hayan abonado o regularizado dentro del plazo otorgado;

• hayan prestado conformidad por una fiscalización y no abonaron o regularizaron la deuda dentro del plazo otorgado;

• tengan deuda por la cual se haya iniciado ejecución fiscal o procedimiento de ejecución fiscal administrativa con control judicial;

• no den cumplimiento a una fiscalización electrónica o requerimiento. En tanto, para los agentes de retención, percepción y/o recaudación se incluye a quienes:

• no hubiesen presentado tres o más DDJJ;

• mantengan adeudado el saldo de una DJ vencido el plazo para el ingreso de aquél.

En todos los casos, cuando dos o más notificaciones, intimaciones o requerimientos al domicilio fiscal constituido hayan sido devueltos.

Quienes figuren en el padrón de Riesgo Fiscal tendrán diferente tratamiento. Por lo pronto, los agentes de retención, percepción y recaudación aplicarán distintas alícuotas, según el caso. Los agentes de retención impondrán alícuotas de 5% y de 20%, según el caso, o bien incrementadas en 50% para situaciones determinadas. En tanto, los agentes de percepción aplicarán alícuotas de 6% y de 16% y también incrementadas en 100%, siempre según cada situación. Rentas podrá fijar alícuotas diferenciales para el régimen de recaudación Sircreb, siempre para los contribuyentes de Riesgo Fiscal.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?