domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Llaryora confirmó que apoyará la nueva “ley bases” y analiza el paquete fiscal

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Consideró que los cambios en el nuevo proyecto que aplicó el Ejecutivo van en línea con las propuestas de Córdoba. Destacó la eliminación de la suba de retenciones y la decisión de limitar las empresas a privatizar. El Gobierno nacional también envió el borrador de los cambios en Ganancias y el blanqueo

El gobernador Martín Llaryora anticipó que apoyarán el nuevo proyecto de “ley bases” en el Congreso los legisladores nacionales por Córdoba que le responden apoyarán el nuevo proyecto de “ley bases” en el Congreso.

El borrador del proyecto fue girado en la noche del martes a gobernadores y jefes de bloque de las diferentes fuerzas políticas.

En paralelo, ayer trascendieron los detalles del denominado paquete fiscal, que incluye cambios en el impuesto a las Ganancias, monotributo y blanqueo de capitales, entre otros puntos.

En ese marco, la diputada cordobesa y del bloque afín al mandatario, Alejandra Torres, dijo a Comercio y Justicia que las iniciativas fiscales serán analizadas técnicamente para luego resolver el apoyo a los proyectos tal como fueron girados o eventualmente sugerir algunos cambios.

Como fuere, ayer, Llaryora se mostró a favor del nuevo borrador de la denominada “ley ómnibus”: “Es una ley que ha cambiado muchísimo respecto a la anterior, hay muchas cosas que nosotros habíamos planteado; primero, que no queríamos que se pene o se castigue más a la producción, a la industria, y por eso ahora ya no están más los derechos de exportación, y eso para nosotros era un tema que la convertía en invotable; después también se sacaron determinadas empresas que se pensaban privatizar y que están en Córdoba”, sostuvo Llaryora.

Descontando que apoyará el proyecto en Diputados, agregó: “Hubo determinados cambios, que hacen que la nueva ley, como viene, a partir de lo que hoy a la mañana (por ayer) me comentaron dos diputados que me llamaron y ya la leyeron, está bastante acorde con lo que nosotros pensamos, así que yo diría que en general está para acompañar”, concluyó.

Llaryora realizó declaraciones ayer en el marco de una visita a la ciudad de Río Cuarto. Junto con el intendente de la capital alterna, Juan Manuel Llamosas, firmó convenios que contemplan mejoras en ocho establecimientos educativos públicos, con una inversión de $785 millones por parte de la Provincia. 

“Ley bases”

La referencia del Gobernador al apoyo a la “ley ómnibus” se produjo luego de que el Ejecutivo envió a los mandatarios provinciales y a los jefes de bloques en Diputados el borrador de 279 artículos.

El Ejecutivo nacional busca que el texto final esté definido cuanto antes, a fin de que ingrese al Congreso el próximo viernes, y que la semana entrante ya sea tratado en comisión. 

La nueva norma acota a cuatro las facultades delegadas al presidente Javier Milei, que sólo regirán por un año. En paralelo, también disminuye el número de empresas sujetas a privatización. Asimismo, mantiene la reestructuración del Estado y menciona de manera tangencial cambios laborales que, sin embargo, serán abordadas en profundidad en un proyecto paralelo.

Paquete fiscal

Mientras tanto, en el proyecto fiscal que el Gobierno envió a los legisladores y a gobernadores dispone una serie de cambios en el impuesto a los Bienes Personales y régimen de Monotributo, que deberán ser consensuados con la oposición para avanzar con las modificaciones.

La iniciativa de ley de 101 artículos, denominada “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, contiene además un blanqueo de capitales y moratoria y la vuelta del impuesto a las Ganancias.

En lo que hace al monotributo, el Gobierno propone una actualización de los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300% y 330%.

De aprobarse el proyecto, los monotributistas con menores ingresos inscriptos en la categoría A podrán facturar hasta $6.450.000 de forma anual, en tanto que los que están en la categoría K, la más alta, pasarán $68 millones.

Para Bienes Personales, se establece el pago por adelantado de cinco años, de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% anual, 2,25% por el período total a pagar al tipo de cambio oficial.

Quienes realicen el pago adelantado de Bienes Personales tendrán el derecho de no presentar declaración jurada hasta 2028, y accederán a la estabilidad fiscal hasta 2038.

Por otra parte, en el proyecto se elimina el diferencial de tasas entre los bienes en el país y en el exterior y establece una escala de 0,50% a 1,50%.

Ganancias

En cuanto a Ganancias, el proyecto dispone un nuevo mínimo no imponible para empleados solteros, fijado en $1,8 millón de salario bruto mensual, equivalente a $1.494.000 netos, sin considerar deducciones por cónyuge o hijos. Este cambio afectaría a un amplio sector que no pagaba o había dejado de hacerlo con la anterior modificación y que ahora tributaría.

En el caso de empleados con cónyuge e hijos menores de 18 años a su cargo, el umbral para comenzar a tributar sería de $2,3 millones de salario bruto mensual, equivalente a $1.981.278 netos. Este nuevo esquema de tributación podría impactar significativamente en el bolsillo de miles de familias trabajadoras.

El proyecto también contempla la eliminación de exenciones fiscales vigentes, como las diferencias entre horas extras y ordinarias en días feriados, bonos por productividad y los ingresos de guardias médicas, entre otros.

Respecto de la actualización, tanto de los montos que definen el llamado mínimo no imponible como de los valores de la tabla de alícuotas, el proyecto contempla un mecanismo de frecuencia anual y según la inflación interanual al mes de octubre. 

Ese punto de la propuesta es diferente a lo que se había planteado en el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso en enero último (allí se incluían actualizaciones trimestrales, según un esquema que, de haberse aplicado, habría provocado que los $1.250.000 propuestos entonces como salario alcanzado por Ganancias para un soltero, se transformaran en $2.134.000 desde este mes de abril).

Quedó ratificado también que el cobro del impuesto no será retroactivo sino que se comenzará a pagar desde que se aprueben los cambios.

El texto vuelve al esquema que regía hasta septiembre de 2023, como ya había sido presentado a inicios de año, aunque con una “actualización” por inflación desde la anterior propuesta para el llamado piso.

Blanqueo

En paralelo, el Gobierno nacional divulgó detalles del blanqueo de capitales por el cual se podrán regularizar activos en el exterior sin penalidades y con alícuota cero.

El proyecto establece que se podrán exteriorizar con alícuota cero hasta US$100.000. Sin embargo, el ministro de Economía, Luis Caputo, añadió que “es alícuota cero para montos superiores a los 100 mil dólares, en tanto y en cuanto lo entres en el sistema financiero argentino y no lo retires hasta el 31/12/25, o lo destines a cierto tipo de inversiones a ser definidas por el Poder Ejecutivo”.

El blanqueo constará de tres etapas. La primera irá desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la respectiva reglamentación dictada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive.

La segunda etapa irá desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024 y la tercera del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de ese mismo año. Dentro de esos períodos se debe realizar la manifestación de adhesión y hacer un pago adelantado obligatorio, en caso de que corresponda.

Respecto a los sujetos alcanzados, además de los residentes argentinos, podrán participar del blanqueo las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos. “Las personas humanas que hubieran sido residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que, a dicha fecha, hubieran perdido tal condición de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán adherir al presente Régimen de Regularización de Activos como si fueran sujetos residentes en Argentina, en igualdad de derechos y obligaciones que los sujetos residentes. De ejercerse esta opción, se considerará que estos sujetos han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país”, aclara la normativa.

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