El Banco Central le prohibió a las tarjetas de crédito vender en cuotas pasajes, estadías en hoteles o cualquier otro servicio turístico en el extranjero.
La determinación tomada por el directorio de la entidad consigna que todos los servicios contratados con el exterior que se paguen con tarjeta de crédito deberán ser saldados en un único pago o financiados con la tasa del 43% fijada para el “pago mínimo” de los resúmenes.
La resolución prohíbe la aplicación de cuotas para el pago de servicios turísticos tanto a las emisoras de tarjetas en forma directa como a través de plataformas de viajes.
La comunicación A7407 de la entidad norma: “Establecer con vigencia a partir del 26.11.21, que las entidades financieras y no financieras emisoras de tarjetas de crédito no deberán financiar en cuotas las compras efectuadas mediante tarjetas de crédito de sus clientes -personas humanas y jurídicas- de pasajes al exterior y demás servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etcétera), ya sea realizadas en forma directa con el prestador del servicio o indirecta, a través de agencia de viajes y/o turismo, plataformas web u otros intermediarios”.