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La Justicia frenó suba de la luz pero el fallo tiene alcance limitado para EPEC

PROTESTA. En Córdoba, los ciudadanos ya se movilizaron en rechazo del aumento de las tarifas de luz y gas. Hoy convocan a una nueva marcha.
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Una jueza federal de San Martín suspendió las resoluciones del Ministerio de Energía que dispusieron el aumento. En Córdoba, en principio, esa decisión sólo alcanza el componente “energía”, que explica apenas un tercio de la factura de un cliente residencial promedio

La jueza federal de San Martín (Buenos Aires), Martina Forns, dispuso ayer la suspensión nacional de las resoluciones del Ministerio de Energía que dispusieron los aumentos del cuadro tarifario del servicio de luz y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (Cammesa) que se abstenga de aplicar los incrementos hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública.
Esta medida se sumó a la que adoptó la Justicia federal de La Plata para el caso del gas, que hoy tendrá una jornada de definición de la Sala II de la Cámara Federal platense, que deberá pronunciarse sobre el recurso extraordinario de apelación que interpuso el Gobierno nacional en esa causa.
No obstante, la decisión de ayer de la jueza de San Martín tendría -en principio- un alcance limitado para la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC).
Es que el fallo judicial avanza sobre la suba del valor del rubro energía, que es sólo uno de los componentes que integra -un tercio- la factura de la compañía eléctrica provincial.
De hecho, entre 60 y 70 por ciento del valor final de las facturas residenciales de EPEC se compone del denominado Valor Agregado de Distribución (VAD) que la empresa incrementa a razón de una vez por año, previa audiencia pública convocada por el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep). Ese aumento quedaría firme y lejos del fallo de la Justicia de San Martín.
De cualquier manera, los alcances del pronunciamiento judicial eran analizados anoche por el equipo legal de la EPEC para tener un diagnóstico definitivo respecto al tema.

La suspensión
El pronunciamiento de Forns ocurrió en el marco del amparo de ciudadanos del partido de Tres de Febrero y de dos organizaciones no gubernamentales -Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) y Consumidores Argentinos-, que solicitaron la nulidad de las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía, y la resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
Precisamente, el Cepis y Consumidores Argentinos fueron los que impulsaron la medida cautelar por la cual la Sala II de la Cámara Federal de La Plata le puso freno, el 7 de julio, a la suba tarifaria del gas, al declarar nulas las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía que fijaron los aumentos.
En la resolución de ayer, la magistrada también ordenó al ENRE que arbitre las medidas necesarias para comunicar a distribuidores y prestadores que “deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a la resoluciones”.
Forns también determinó que para el caso de que los aumentos facturados se hubiesen abonado a la fecha, “sus importes deberán tenerse por pagados a cuenta, reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total”, en tanto que las empresas distribuidoras y prestadoras “deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago”.
Para evitar interpretaciones, la jueza aclaró en declaraciones periodísticas que la suspensión del nuevo cuadro tarifario del servicio eléctrico “tiene jurisdicción para todo el país”, al tratarse de un amparo de naturaleza colectiva.

Fundamentación
En uno de los párrafos centrales de su fundamentación, el escrito planteó que “la audiencia pública no sólo resulta un requisito constitucional” sino que “las tarifas aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista -que pretenden utilizar las celebradas hace once años atrás-, constituyen prima facie ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los clientes”.
Forns ya había fallado en términos similares en contra de los incrementos de luz, en los pedidos de amparo del Hospital Privado Nuestra Señora de la Merced, y de un conjunto de entidades barriales encabezadas por el Club Social y Deportivo Las Heras, que fueron avalados por la Sala I de la Cámara Federal de San Martín ante la apelación oficial.

Anticiparon la apelación
Después de que se divulgó el fallo, mediante fuentes oficiales el Gobierno nacional anticipó la decisión de apelarlo. Esas fuentes explicaron que el Ministerio de Energía tiene “tres días hábiles para hacer su descargo ante la cautelar interina, y a partir de ello aguardar que la misma magistrada dicte una cautelar definitiva”.
Una vez que la jueza disponga la cautelar definitiva, el Gobierno recién podrá presentar su apelación “en la misma línea en la que se fueron apelando en estos meses los amparos presentados en distintas jurisdicciones”.
Las fuentes gubernamentales llamaron la atención sobre la decisión de la jueza de recurrir a “una cautelar interina que refleja una cuestión urgente cuando las resoluciones cuestionadas tienen seis meses de vigencia”, y también plantearon que “no hay expectativa de que una justicia cooptada por el kirchnerismo de San Martín (sic) pueda fallar a favor del incremento tarifario”.
En lo inmediato, la expectativa del Gobierno está puesta en lo que hoy pueda suceder en la Cámara Federal de La Plata, que resolverá si es admisible el recurso presentado por el Ministerio de Energía contra el fallo que frenó el aumento en la tarifa del gas en todo el país.

Para los consumidores, aporta “certidumbre”

El apoderado del Cepis, Pedro Sisti, dijo que el fallo de la Justicia de San Martín “trae certidumbre sobre la cuestión del aumento de las tarifas eléctricas” al determinar la nulidad de las resoluciones por las que se dispusieron los incrementos.
“El alcance del fallo de la jueza Martina Forns es para todo el país”, subrayó Sisti. El Cepis es una de las dos organizaciones no gubernamentales -la otra es Consumidores Argentinos- que impulsó la medida cautelar resuelta por la magistrada del Departamento Judicial de San Martín.
En el detalle de la resolución, el apoderado destacó que la jueza dispuso que “las facturas que emitan las empresas sean sin subas y les ordena que no corten la luz a nadie que haya incurrido en incumplimiento con facturas con subas”.
Para Sisti, el fallo “puede ser tenido en cuenta” por la Cámara Federal de La Plata, que hoy se pronunciará en torno a la suspensión por 90 días de los incrementos de la luz en las jurisdicciones bonaerenses atendidas por las empresas Edenor y Edesur, además del amparo que dispone la nulidad de los incrementos del gas en todo el país.

Movilización

A las 18 de hoy, diferentes centros vecinales de Córdoba se movilizarán en rechazo al aumento generalizado de tarifas. Para ello han convocado a toda la ciudadanía cordobesa a que concurra a la esquina de las avenidas Colón y General Paz, desde donde partirá la marcha.
«Hay empresas que se han enriquecido con el manejo de la energía durante los últimos 40 años. El que tenga que venir que venga a invertir pero que tenga en cuenta las necesidades de la gente», dijo Dante Martínez, del centro vencinal de barrio Alberdi.

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