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IIBB: suman obligación de pago electrónico

25 agosto, 2017
Rentas “limpia” la base de datos y comienza a enviar morosos al Veraz
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El Ministerio de Finanzas recordó que los “grandes contribuyentes” y agentes de Ingresos Brutos desde el 1 de agosto deben abonar el impuesto provincial sólo por medios electrónicos, en tanto los encuadrados en otros regímenes lo tendrán que hacer por esa vía más adelante.
Los cambios hacia esta modalidad de pago se irán realizando de manera progresiva.
Concretamente, además de los grandes contribuyentes que quedaron obligados desde este mes, desde el 1 de octubre, los demás aportantes de Ingresos Brutos del Régimen General y Convenio Multilateral en sus pagos de la jurisdicción Córdoba, también deberán abonar también a través del nuevo mecanismo.
En tanto, los pequeños contribuyentes (monto fijo) deben pagar su impuesto sólo con el cedulón que se genera por la web de Rentas y, a partir de diciembre, deberán abonar exclusivamente a través de los medios electrónicos de pago.
La disposición, a partir del último mes del año, se da en concordancia con la normativa de AFIP, que también conduce a la vía virtual a los monotributistas para sus pagos.
Asimismo, la resolución detalla los medios de pago electrónico para obtener el 10% de descuento en las cuotas a vencer de este año para los impuestos Inmobiliario, Automotor, Ingresos Brutos del Régimen Especial. Son los establecidos en el segmento “Pago Electrónico de Servicios”, con excepción de los cobros con tarjeta de crédito y débito en los puestos de atención.
Estas disposiciones, que se enmarcan en el Programa de Equidad Impositiva (PEI) impulsado desde la cartera de Finanzas, buscan facilitar las gestiones de los ciudadanos y optimizar los sistemas de control, tendientes al mejor cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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