Flybondi informó que por la falta de autorización para girar pagos al exterior en el marco del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (Sirase) no pudo cumplir con el costo del arrendamiento (leasing) de su flota y de otros servicios especializados que debe contratar en el exterior.
Así, la aerolínea low cost precisó que la mora en el pago la obligó a dejar en tierra y sin operar dos de sus aviones a partir del próximo miércoles 7 de junio.
La medida motivada por la falta de divisas incluye a 32 vuelos en total -22 cancelados y 10 reprogramados- y afectará a más de 5.500 pasajeros, entre los viajes que se cancelan y las modificaciones de horario en sus itinerarios actuales. La compañía no descarta más cancelaciones y demoras en el servicio si la situación no se normaliza.
“Flybondi, que viene realizando todas las acciones requeridas por los organismos, confía en que la situación se resuelva de forma favorable lo más pronto posible y que el proceso de aprobaciones tenga la agilidad y celeridad que la industria aerocomercial necesita para poder cumplir con los pasajeros y los proveedores”, manifestó en un comunicado.
La firma tiene el 21% de mercado de vuelos domésticos en la Argentina y transporta más de 300 mil personas por mes.
Comenzó a operar hace más de cinco años, funciona con más de 1.300 empleados en todo el país y tiene unas 23 rutas operativas: 16 domésticas desde y hacia Buenos Aires, cuatro interprovinciales y tres internacionales a Brasil.
En abril pasado, la AFIP y la Secretaría de Comercio introdujeron modificaciones en los plazos de autorización de pagos de servicios al exterior. Desde entonces, las declaraciones juradas aprobadas en el Sirase tienen un plazo de vigencia de 90 días corridos desde la fecha en la que haya adquirido ese estado. Además, el Gobierno determinó que la información registrada es puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea), que podrán solicitar a la AFIP la inclusión de los datos complementarios que consideren necesaria.
Según la normativa, los organismos involucrados deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos a partir del registro en el Sirase.
Sin embargo, se advierte que los plazos pueden ampliarse en aquellos casos en los que algunas de las dependencias públicas intervinientes lo decidan.