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Eximen a concesionarias del pago de patentes para impulsar la competitividad

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La medida regirá por un lapso de cuatro meses a partir de que el comercio haya realizado el trámite correspondiente. Alcanzará a los vehículos usados que la agencia tenga a su nombre. A pedido de las cámaras sectoriales, buscan aportar beneficios a los registrados.

La Municipalidad de Córdoba eximió transitoriamente del pago de patentes a aquellos autos usados que, estando a nombre de las concesionarias y agencias locales, forman parte de su stock de venta. Con esta medida, la gestión municipal busca sumar competitividad a aquellos comercios que operan bajo las normas establecidas, en contraposición a los que comercian vehículos usados de manera informal.
La medida responde a una solicitud de la Cámara de Comercio del Automotor de Córdoba (CCAC) que contó con el apoyo de la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC).
“Hasta ahora, el vehículo entregado como forma de pago o adquirido para la venta generaba la obligación fiscal a pesar de que no estaba en circulación. Ésta debía ser abonada por el comercio hasta el momento de concretarse la operación con el comprador final. A partir de ahora, por hasta cuatro meses -y siempre que cumplimenten los trámites- la unidad quedará eximida de pago”, indicó la CCAC en un comunicado difundido ayer.

Para ello, es necesario que las concesionarias o agencias cumplimenten una serie de requisitos (ver aparte), entre los cuales figura que el vehículo esté transferido a su nombre.
Si bien se desconoce el costo fiscal que esta medida representa para las arcas del municipio, una alta fuente de la entidad que nuclea en Córdoba a las concesionarias indicó a Comercio y Justicia que no es “significativo” en cuanto al volumen total de ingresos.
Asimismo, consultados respecto del ahorro que significa para un comercio del sector, indicaron que éste varía de una concesionaria a otra, considerando los tipos de vehículos que ofrece (alta, media o baja gama), las prestaciones de los autos y sus modelos.
Vale tener en cuenta que un Chevrolet Agile modelo 2012 abona 237 pesos en concepto de patente cada dos meses, un Peugeot 408 modelo 2011 tributa 309 pesos por bimestre; un Toyota Corolla modelo 2009 abona 259 pesos. Finalmente, un Volkswagen Golf modelo 2004 tributa 146 pesos, siempre cada dos meses.

Para evitar iniquidades
Entre los argumentos que fundamentaron el pedido de las entidades a la Municipalidad estuvo el de lograr mayor equidad, ya que “los comercios formales compiten en condiciones desiguales con los intermediarios, que obtienen en cada operación una rentabilidad sustancialmente mayor por evasión del pago de impuestos municipales, provinciales y nacionales, tasas, patentes, habilitaciones e inexistencia de costos fijos de instalaciones y personal”, indicaron en el comunicado.
Según se agregó, el sustento de la exención se encuentra en la definición de tributo, cuando en el artículo 378 del Código Tributario Municipal (CTM) se afirma que éste rige “(…) en virtud de los servicios municipales de conservación y mantenimiento de la viabilidad de las calles, señalización vial, control de circulación vehicular y todo otro servicios que de algún modo posibilite el tránsito vehicular, su ordenamiento y seguridad”.
“Es un logro importante para la actividad ya que es una herramienta que mejora la competitividad de quienes trabajan en el circuito legal; marcando así una diferencia con quien ejerce el comercio de manera informal”, evaluó Sebastián Parra, presidente de la CCAC.

Para acceder

– Los requisitos para gozar del beneficio son presentar solicitud mediante nota a la Dirección de Mesa General de Entradas con la firma del registrado como contribuyente o responsable, consignando nombre completo del peticionante, domicilio real, teléfono, así como e-mail de contacto. En la nota se debe demostrar la titularidad del automotor (a nombre de persona registrada en realación a la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios inscripta bajo rubro de actividad que contemple la venta de vehículos usados) acreditada mediante título o constancia expedida por el Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente.

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