Las empresas que tengan deudas previsionales estarán habilitadas a tomar créditos en el sistema financiero para cancelar total o parcialmente la mora, de acuerdo con una normativa conjunta difundida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La normativa dispone que las “entidades financieras no deben restringir el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas siempre y cuando el tomador del crédito requiera la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de dichas deudas”.
La autoridad monetaria, mediante la comunicación “C” 90926, reiteró a las entidades financieras los procedimientos para la gestión crediticia para el caso de deuda y el cumplimiento de las obligaciones previsionales.
Las verificaciones deberán realizarse con relación a los solicitantes de préstamos que revistan el carácter de empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
“Si como resultado de dicha consulta surge la existencia de deudas, los bancos deberán notificar tales incumplimientos al solicitante del préstamo, comunicándole que las mismas podrán cancelarse mediante el procedimiento indicado en la normativa de la AFIP”, destaca la información.
En este sentido, el BCRA aclaró que “el tomador del crédito podrá requerir a la entidad financiera interviniente la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de las deudas previsionales”.