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El municipio prorroga plazos a contribuyentes de Comercio e Industria

17 abril, 2017
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Será para los categorizados como “Tipo 2” y se vincula al período fiscal 2017/05 relacionado al importe sustitutivo de multa por falta de actualización de datos fiscales.

La Municipalidad de Córdoba resolvió prorrogar el período fiscal establecido oportunamente para la liquidación del importe sustitutivo de multa por falta de actualización de datos, para los contribuyentes Tipo 2 en orden a la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, para el período fiscal 2017/05.
La decisión fue incluira en la Resolución 21firmada por el director General de Recursos Tributarios, Hugo Bassoli.
Según se informa en los considerandos, la prórroga se resolvió debido a problemas en el sistema informático que han imposibilitado el cumplimiento de lo dispuesto en el dispositivo legal vigente.
El Decreto 3739/2016 dispuso la obligatoriedad de actualizar los datos tributarios para todos los contribuyentes vinculados a la imposición que grava la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios.
En ese marco, el artíulo 4 de la Resolución General 738/2016 fijó que e l importe sustitutivo de multa, se liquidara en la boleta de pago correspondiente a la contribución específica para los contribuyentes Tipo 2.
Desde la comuna justificaron la decisión en función de los problemas ya mencionados y en función de “favorecer el cumplimiento de las obligaciones fiscales y brindar una mejor atención a los contribuyentes”, según especifica la normativa publicada en el Digesto Municipal y fechada el 11 de abril pasado.

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