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Blanqueo de la construcción: AFIP creó un registro de proyectos inmobiliarios

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El blanqueo de capitales con el que el Gobierno busca impulsar al sector de la construcción se puso en marcha este martes, a partir de la creación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del Registro de Proyectos Inmobiliarios, para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

De este modo, la AFIP completó la reglamentación necesaria para dar inicio al régimen de blanqueo e incentivos fiscales destinado a la construcción, que se promulgó el pasado 12 de marzo.

Antes de presentar la declaración jurada a la AFIP, los sujetos que adhieran al programa deberán depositar sus tenencias en moneda nacional o extranjera en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (Cecon.Ar) Ley 27613”, reglamentadas recientemente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Según los plazos de acreditación de las tenencias de moneda declaradas, el contribuyente deberá presentar una declaración jurada por cada período y abonará el impuesto especial en las fechas previstas por la normativa para cada caso: mayo (alícuota 5%), junio (10%) y julio (20%).

Además, la resolución de la AFIP establece que el ingreso del impuesto especial se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos y no podrán afectarse fondos depositados en la cuenta especial para el pago del gravamen y el pago total en forma previa resultará condición necesaria para la presentación de la declaración jurada.

En tanto, la registración de las tenencias y su valuación en el servicio web “Normalización de la tenencia en moneda ley 27613” estará disponible desde el próximo 17 de mayo.

Alcance

El régimen alcanza a obras privadas nuevas como construcciones, ampliaciones e instalaciones, entre otras, o que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley posean un grado de avance inferior a 50% de la finalización de la obra.

Los fondos declarados se depositarán en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (Cecon.Ar) creada para este fin y deberán afectarse únicamente al desarrollo o la inversión en los proyectos inmobiliarios en la Argentina.

También podrán aplicarse transitoriamente, y por única vez, a la adquisición de títulos públicos nacionales, para su posterior venta con liquidación, exclusivamente, en moneda de curso legal, y el producido de la inversión se acreditará, en moneda nacional, y deberá invertirse en los proyectos inmobiliarios.

La ley se promulgó el 12 de marzo pasado y en ese momento comenzó a correr el plazo de 60 días para adherir a la declaración voluntaria de capitales con un impuesto mínimo de 5%, que sube a 10% hasta los 90 días y a 20% hasta finalizar el régimen.

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