Incorporó a las “áreas comerciales no convencionales” y sumó empresas de “venta directa” como agentes de percepción. “Apunta a sectores de difícil fiscalización”, admitió a Comercio y Justicia el secretario de Ingresos Públicos, Luis Domínguez. Después de 11 años, la repartición podrá nominar agentes de retención, percepción y recaudación por sectores. También se sumaron adelantos por montos fijos.
La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia quedó facultada para nominar agentes de retención, percepción y recaudación por “sectores económicos”, al tiempo que los montos derivados de esas operaciones también podrán ser sumas “fijas”, además de los habituales porcentajes a cuenta del pago del impuesto a los Ingresos Brutos.
En ese marco -y haciendo uso de la flamante potestad- la repartición nominó como agentes de percepción al sector “áreas comerciales no convencionales (ferias, mercados o similares)” y nominó para actuar bajo la misma modalidad a empresas vinculadas con la “venta directa”.
La posibilidad aparece reflejada en un decreto y dos resoluciones publicadas ayer en el Boletín Oficial.
En el caso del primer instrumento suscripto por el gobernador José Manuel de la Sota, se faculta a la Secretaría de Ingresos Públicos a “designar o dar de baja agentes de retención, percepción y/o recaudación y, para determinados sectores económicos, la designación o baja podrá realizarse de manera global…”.
Paralelamente, también se otorga la potestad a esa dependencia de “establecer para determinados sectores, actividades u operaciones, que el monto de la retención, percepción y/o recaudación podrá definirse como un importe fijo” y que esos pagos “tendrá el carácter de pago único y definitivo.”
En el primer caso, la Provincia modificó el criterio vigente desde hace 11 años, que sólo permitía nominar por empresa y no por sectores.
En tanto, en el segundo, se sumará la posibilidad de fijar adelantos de montos fijos y no de alícuotas como hasta ahora, según explicó a Comercio y Justicia el secretario de Ingresos Públicos, Luis Domínguez.
En ese marco -y por medio de esos instrumentos- la dependencia sumó como agentes de percepción al sector de “áreas comerciales no convencionales”. Se trata, tal como lo señala la propia resolución, de “ferias, mercados o similares” que habitualmente se conocen como “saladitas”. Al mismo tiempo, sumó como agentes de percepción a un grupo de 14 empresas vinculadas con la “venta directa”.
En el caso de las “saladitas”, Domínguez señaló que se cruzaron datos con la Municipalidad de Córdoba y otras fuentes para conocer en detalle las ubicaciones de este tipo de emprendimientos comerciales.
Ante la dificultad de fiscalizar un sector de por sí complejo, se nominó a los administradores para que perciban un monto fijo que será de 150 pesos por local por mes.
“Se entenderá como administradores de las áreas comerciales no convencionales (ferias, mercados o similares) a los sujetos que alquilen, loquen o cedan el uso de los distintos espacios que conforman éstas. A los fines de la presente resolución entiéndase por áreas comerciales no convencionales a los predios en los cuales más de un sujeto utilice los espacios, puestos o similares, provistos a cualquier título por el titular de aquellos o por quien bajo cualquier forma o modalidad jurídica explote los mismos, a fin de efectuar la comercialización de bienes y/o prestaciones de servicios”.
Los agentes nominados “deberán percibir por mes calendario, por sujeto pasible y para cada uno de los puestos donde se realicen las actividades, un importe de 150 pesos. La percepción se considerará practicada en el momento de emisión de la factura o documento equivalente por el alquiler, canon, o cualquier otra retribución o concepto que se liquide por la utilización del puesto”.
La Resolución también avanza en una serie de requisitos vinculados con los administradores y a los sujetos percibidos. La norma entrará efectivamente en vigencia a partir del 1 de marzo próximo.
Si bien el monto dispuesto para la percepción en principio no implicará un aporte de peso para la recaudación del tributo, sí apunta a fijar criterios fiscales a un sector de difícil control.
Venta directa
Paralelamente, la Secretaría de Ingresos Públicos incorporará a la nómina de agentes de percepción a 14 empresas del rubro “venta directa”.
Se trata de las empresas Amway Argentina Inc, Cosméticos Avon Sociedad Anónima Comercial e Industrial, Essen Aluminio SA, Herbalife International Argentina SA, Mary Kay Cosméticos SA, Natura Cosméticos SA, Nu Skin Argentina Inc Sucursal Argentina, Swisjust Latinoamérica SA, Tupperware Brands Argentina SA, Naturel SA, Anavi SA, Arca Distribuciones SA, Martina Di Trento SA y Vanesa Duran SA.
Para las empresas nominadas, la alícuota de percepción será de 3,5%.
Esos sujetos actuarán como agentes de percepción de Ingresos Brutos, tributo que será abonado por sus “revendedores” que desarrollen su actividad económica por medio del sistema de comercialización denominado “venta directa” dentro del territorio provincial. También deberán actuar en “aquellos casos que el comprador de los bienes adquiera los mismos para su posterior comercialización o reventa aunque la misma no se realice mediante el sistema de venta directa”.
La resolución, al igual que la anterior, regirá desde marzo.