domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Abastecimiento: con cambios al proyecto, el Senado emitió dictamen

MODIFICACIONES. El oficialismo aceptó introducir una serie de cambios que fueron bien recibidos por las bancadas opositoras.
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Las iniciativas de leyes de defensa del consumidor obtuvieron dictamen de mayoría al término de un plenario de comisiones. El oficialismo aceptó incluir modificaciones, a pedido de diversas cámaras empresariales. La oposición anticipó que la semana próxima no modificará su voto negativo.

El oficialismo realizó numerosas modificaciones a los puntos más polémicos del proyecto de reforma de la Ley de Abastecimiento debatido en el Senado y avanzó con la firma del dictamen para votarlo en el recinto el próximo miércoles.

Ante el plenario de comisiones que recibió la semana pasada a las cámaras empresariales y este martes a las asociaciones de consumidores, el secretario de Justicia, Julián Álvarez, anunció gran cantidad de cambios, entre los que se destaca la exclusión de las pymes del alcance de la norma (ver aparte).

A esta modificación se le suman la necesidad de autorización judicial previa para inhabilitar o clausurar empresas infractoras, la eliminación de la “clausura definitiva” y el pago de una “compensación” a quienes produzcan a pérdida.

El artículo 2 del proyecto señalaba que la autoridad de aplicación podía intervenir en “cualquier etapa del proceso económico” o exigir documentación y “todo tipo de libros” cuando fuera “estrictamente necesario”, pero esto también fue modificado. Según detalló Álvarez, se eliminó el concepto “estrictamente necesario” y se redactó que esas acciones podrán realizarse “en caso de configurarse algunos de los supuestos previstos”, como elevar “injustificadamente los precios”, acaparar materias primas o productos y destruir mercaderías, entre otras conductas.

Otra modificación sustancial se realizó sobre las sanciones previstas por el proyecto, que estipulaban la “inhabilitación especial de hasta cinco años para ejercer el comercio”, la “clausura temporal” o, en los casos de segunda reincidencia, la “clausura definitiva”.

Ahora, “en caso de inhabilitación especial o clausura temporal, la autoridad de aplicación tendrá que pedir previamente autorización judicial para proceder”, explicó Álvarez, y agregó que, además, la “clausura definitiva” fue eliminada del proyecto.

Además, se incorporó un artículo para que, “en caso de la obligación de producir a pérdida, se le pague una compensación justa y oportuna”, con lo cual se respondió a una de las principales objeciones de las cámaras empresariales.

En el dictamen firmado quedó establecido que “el Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación”, con lo cual se modificó el artículo 15, que designaba directamente a la Secretaría de Comercio como autoridad.

La oposición sigue rechazando
Antes de pasar el proyecto a las firmas, el presidente del bloque de senadores de la UCR, Gerardo Morales, reconoció que “hay varios cambios que minimizan o disminuyen la arbitrariedad”. No obstante, anticipó que su bancada votará contra la reforma porque “sigue la lógica de que el control de precios es la única política antiinflacionaria”. También rechazará el proyecto que crea el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Bienes y Servicios porque, según dijo, “sostiene la delegación de facultades, que es inconstitucional”.

En tanto, la gran mayoría del arco opositor votará a favor en general del proyecto que crea los institutos de usuarios y consumidores y un fuero judicial especial para los conflictos de este tipo.

Pymes, exceptuadas

En el primer artículo del proyecto se agregará un párrafo para explicitar que “quedan exceptuados del régimen los agentes económicos considerados micro, pequeñas o medianas empresas, siempre que no detenten posición dominante”.

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