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Preparan la reglamentación de moratoria para pymes prevista en la Ley de Solidaridad Social

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El sistema operativo para la adhesión comenzaría a funcionar en febrero, indicaron desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce). A diferencia de las moratorias anteriores, esta es la primera vez que se define por tamaño de empresa para estar dentro del plan de facilidades de pago

La reglamentación de la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad para pymes estará disponible en los próximos días, mientras que el sistema operativo para la adhesión comenzaría a funcionar el mes próximo, indicaron desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce).
Tras un encuentro que mantuvieron con funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la gerente General de Facpce, Ana María Daqua, indicó que esta semana se podrían concretar nuevos reuniones para conocer detalles de la reglamentación que definirá qué tipo de empresas pymes estarán en condiciones de ingresar en la moratoria.
Los directivos de la Federación recalcaron «la necesidad de que se obtenga el certificado Pyme y se trabaje con tiempo para evitar inconvenientes sobre la fecha de vencimiento que opera el 30/4, improrrogable ya que la misma se encuentra establecida por Ley».
Desde la AFIP confirmaron la reunión que mantuvieron con los directivos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas y que la dependencia oficial trabaja en el tema.
El especialista Iván Sasovsky, CEO Sasosky y Asociados, señaló que si bien la sanción de la Ley ya tiene más de un mes, por la falta de reglamentación los contadores o tributaristas todavía no conocen «quiénes van a estar dentro del universo alcanzado por la moratoria y quiénes no».
«A diferencia de las moratorias anteriores, esta es la primera vez que se define por tamaño de empresa para estar dentro del plan de facilidades de pago», señaló el tributarista.
«La definición de pyme estará atada al nivel de ingresos, de facturación, la cantidad de empleados. Si los primeros aspectos no se actualizan por inflación serán cada vez menos la cantidad de empresas que van a poder adherirse a la moratoria», agregó Sasovsky.
«De la definición de la reglamentación dependerá que se sigan procesos administrativos, que corran o no intereses, porque la moratoria condona intereses y multas. Una empresa que no sabe si va a ingresar está dejando correr el plazo del devengamiento de los intereses y quizás después no alcance beneficios», explicó Sasovsky para graficar la urgencia de la reglamentación.

En enero
Más de 40 mil empresas obtuvieron su certificado Mipyme

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó que en lo que va del mes de enero, cerca de 43.000 firmas ya obtuvieron su certificado de micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme), que les permitirá acceder a beneficios impositivos y programas de asistencia.
De esta forma, la cantidad de empresas que integran Registro Mipymes de la cartera nacional superan los 608.000 emprendimientos.
Para concretar la inscripción Mipyme, las empresas deben ingresar a la página de AFIP con CUIT y habilitar el servicio del registro.
Los requisitos con los que deberán contar de manera previa los interesados es contar con CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior, estar inscripto en el Monotributo o en el Régimen General (en Ganancias y en IVA) y estar adherido a Trámites a Distancia (TAD).
Están en condiciones de registrarse contribuyentes inscriptos como monotributistas, profesionales, comerciantes, sociedades, empresas pequeñas y medianas y todas las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos mencionados.
Para realizar la inscripción las empresas deben tener presentadas las Declaraciones Juradas de IVA y de Cargas sociales de los últimos tres ejercicios fiscales.
Aquellas empresas que soliciten junto con la inscripción el beneficio de pago de IVA diferido, se les solicitará estar al día con la totalidad de las presentaciones en AFIP, precisó la cartera de Desarrollo Productivo. 

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