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La Fepuc rechaza el veto a la ley de Salario Mínimo Profesional

Liliana Barbero. Presidente de Fepuc.
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La federación que nuclea a colegios y consejos sostiene que la medida que tomó el Gobierno esta semana afecta el derecho de ser reconocido en la legislación que regula las relaciones laborales. La norma vetada había sido aprobada por el Congreso y restablecía ese concepto salarial en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)

El veto presidencial a la ley de Salario Mínimo Profesional, que se conoció el lunes pasado, generó el rechazo de la Federación de Entidades Profesionales Universitarias de Córdoba (Fepuc) que nuclea a colegios y consejos de la provincia.
La norma, que había sido aprobada por el Congreso de la Nación, planteaba la reforma a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y reinstauraba la vigencia del salario mínimo profesional, es decir, fijaba un piso para todas las remuneraciones por categoría profesional en los convenios colectivos.
«Rechazamos la decisión política de vetar la norma ya aprobada y afectar así el legítimo derecho que tienen los profesionales de ser reconocidos como tales en la legislación de fondo que regula las relaciones laborales en el país”, dijo Liliana Barbero, presidente de Fepuc, a Comercio y Justicia.
Por medio de un pronunciamiento, la entidad sostuvo: “Frente al veto presidencial impuesto al Proyecto de Ley aprobado por el Honorable Congreso de la Nación bajo el Nº 27331, por medio del cual, a través de la reforma pertinente a la Ley de Contrato de Trabajo, se reponía la vigencia del salario mínimo profesional, oportunamente suprimido por la dictadura militar, Fepuc, más allá del reconocimiento a las potestades constitucionales que atañen al Poder Ejecutivo Nacional, manifiesta su más enérgico repudio”.
Cabe recordar que la ley, que fue vetada por decreto 1283 con firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, precisaba que el salario mínimo profesional podría asimilarse -en su escala- al salario básico, ya que para fijar su monto deberían tomarse en cuenta diversas circunstancias, como la capacidad técnica del trabajador, la naturaleza y riesgo del trabajo, y la situación económica de una rama de la producción o de la empresa.

Desprotección
La ley en cuestión había recibido la aprobación final del Senado en noviembre pasado. Frente al nuevo panorama y concluido el período de las sesiones del Congreso, el reciente veto no podrá ser revisado en ambas cámaras hasta entrado el 2017.
Ante la situación desencadenada, la Fepuc señaló: “Una vez más, la cruda realidad demuestra que los profesionales son soslayados -ora deliberadamente- de las políticas económicas y sociales que pretenden trazar el rumbo del país. La norma vetada, emanada de los representantes del pueblo y de las provincias argentinas, inspirada en el principio ‘igual remuneración a igual trabajo’, que arraiga en el derecho de igualdad ante la ley garantizado por el artículo 18 de la Constitución Nacional, ha sido vulnerada por el Poder Ejecutivo Nacional, colocando a los profesionales en una situación de desprotección frente a los avatares del mercado”.
Finalmente, la federación exhortó a las entidades representativas de los profesionales de todo el país a pronunciarse en defensa de los “legítimo intereses” de sus representados e instó al Congreso de la Nación a ejercer la potestad de revisión del veto presidencial.

Comentarios 1

  1. marcelo says:

    Una pena. Pero los docentes creían de Macri otra cosa?

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