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Las ideas no se matan, pero tampoco se patentan

ESCUCHAR

 Por Sergio Castelli * y María Constanza Leiva **

Escuchaba atentamente al cliente, quien, con desconfianza y frases cortadas, me decía:
-“No sé cómo explicarlo, disculpe pero no puedo confiar en nadie”.
-“No se preocupe, lo entiendo… Trate de explicarme sin dar demasiadas precisiones”, le contesté.
Luego de divagar sin claridad conceptual alguna y lanzando frases inconclusas, se decidió a develar parte de su enigmática creación, y se atrevió a soltar la pregunta del millón…
-“¿Se puede patentar una idea? Quiero lanzar una página web que no existe en el mercado, no hay páginas que se dediquen a esto, estoy seguro. ¿Cómo puedo patentarla para evitar que la copien? ¡No quiero que terminen haciendo lo mismo que yo!”.
Comprendí que estaba ante la pregunta quizá más recurrente en esta especialidad: cómo proteger una idea de negocio.

Le contesté con la paciencia que todo cliente o interesado merece, haciéndole saber que la patente es un recurso legal y formal para proteger una invención, es decir, una creación novedosa y de aplicación industrial, un producto o procedimiento fruto de actividad inventiva. Si quisiera proteger el diseño de una página web, ya sea por su diseño y estructura novedosos, o por que comprende una base de datos organizada de forma creativa y singular, lo adecuado sería realizar un depósito ante la Dirección de Derecho de Autor o la dependencia u organismo que ésta designe a tales efectos.
De ese modo se podría obtener titularidad de la obra, para proteger su contenido; es decir, evitar que un tercero pudiera acreditar un derecho anterior sobre algún contenido determinado de su web.
A ello, el cliente contestó: “El asunto es que lo que me interesa proteger de la página web es el servicio, no su formato. Queremos ofrecer alquileres temporarios de cierto tipo de inmuebles, es totalmente nuevo ¿podría patentar la idea del negocio para que nadie más lo pueda hacer?”.
A lo que tuve que responder… “Lamento informarle que las ideas no se patentan, la ley de patentes protege las materializaciones fruto de la actividad inventiva que proporcionan avances en la industria… Pero las ideas comerciales no, la libre y sana competencia se terminaría debido a la monopolización”.

Es común creer que una idea aplicable al mundo de los negocios debería registrarse para uso exclusivo de su autor; sin embargo, ello no es así, dado que son sólo conceptos, ideas que no se manifiestan ni materializan, tornando imposible que la ley los alcance para brindarles algún tipo de protección.
Lo que sí podría gozar de protección es la materialización de las ideas en algún soporte físico o tangible; claro ejemplo de ello son los libros, discos, pinturas y tesis de investigación, entre otros.
Frente a ello, el caso citado de la página cuenta con el contenido como único material protegible por medio del régimen de propiedad intelectual, abarcando, además, el dominio y la marca. Pero la idea en sí misma, como concepto abstracto y comercial, no es protegible. La iniciativa empresarial es libre de ser imitada y modificada. Los proyectos y procesos comerciales no pueden monopolizarse. Sabemos que esta información desmoraliza y hasta sorprende; sin embargo, no deja de ser importante incentivar la inventiva y creación, ya que la novedad siempre paga.

* Agente de la Propiedad Industrial. ** Abogada

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