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La mediación está vigente

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 Por Carlos Alberto Rossi *

Comenzó la actividad judicial de 2019 y como novedad principal se instala la plena aplicación de la nueva ley de Mediación Nº 10543 los departamentos Capital y Río Cuarto. Son muchos y urgentes los ajustes administrativos que deberán realizarse para estar a la altura de los requerimientos de esta nueva normativa para su buen funcionamiento.
La nueva ley establece en su Art. 2 que el proceso de mediación, salvo las excepciones previstas, constituye una instancia obligatoria previa al inicio de las actuaciones judiciales. Agrega la posibilidad de que, tanto por acuerdo de partes o a propuesta del juez interviniente, dicha causa sea remitida a mediación en cualquier momento del proceso.
Si bien es cierto que por imperio de lo prescripto por el Art. 80 la nueva ley rige desde el 1 de noviembre de 2018, su funcionamiento e impacto en todos los estamentos judiciales ocurrió en los primeros meses de este año.

A fines de 2018 eran muchas las voces que sostenían que se pospondría su implementación. Hasta hubo un comunicado del Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba pidiendo su postergación aduciendo razones operativas y una tardía reglamentación. Nada de esto ocurrió. La nueva ley cumplió puntillosamente sus tiempos y tiene plena vigencia en la Primera y en la Segunda Circunscripción y progresivamente se aplicará en las circunscripciones restantes.
La ley está vigente y no sólo la debemos acatar sino que nos debemos adecuar a ella para que termine siendo una buena ley. Quienes se resisten al cambio la cuestionarán y querrán volver al anterior estilo confrontativo, para el cual muchos abogados se formaron no sólo desde el ejercicio profesional sino incluso cuando cursaban la carrera de Derecho, en la cual parecía que la Mediación era materia de otras profesiones.
Lo digo como egresado de la Facultad de Derecho de nuestra querida UNC, cuyos planes de estudios vigentes hasta fines de los años 70 no tenían a la mediación como parte de la currícula regular.
En la actualidad, todas las universidades públicas y privadas tienen incorporada la mediación en sus planes de estudios, razón por la cual los futuros profesionales de las distintas ramas se familiarizan con sus principios, significado y alcance. En el ejercicio profesional conviven distintas generaciones de graduados que hacen que las miradas hacia la mediación sean con mayor o menor reconocimiento.
Sabemos que la mediación es una disciplina universal y por encima de las particularidades de cada jurisdicción, parte de una matriz que la identifica claramente de los otros métodos de resolución de conflictos. Argentina se está convirtiendo en uno de los países pioneros en el mundo en la aplicación de la mediación como el método más eficaz para resolver conflictos.
Atrás quedaron los países europeos, que en gran mayoría no acataron las directivas de la Comunidad Europea de incorporar la mediación en las etapas previas a los procesos judiciales, al punto tal que hoy el porcentaje de mediaciones con relación a las causas judiciales no llega a uno por ciento.
Para que la nueva ley cumpla el cometido que la llevó a ser sancionada casi por unanimidad en la Legislatura de Córdoba, habremos de asumir un fuerte compromiso social que nos incluye a todos.
A los centros de Mediación públicos y privados para que cuenten no sólo con mediadores capacitados sino con la infraestructura suficiente para todas las instancias de la mediación. A los colegios de abogados y de otras profesiones para que profundicen la difusión de la nueva ley brindando la orientación necesaria a sus colegiados sobre este nuevo paradigma vigente en Córdoba.
Al Poder Judicial, que deberá brindar todo su apoyo logístico, sabiendo que la mediación ha venido no sólo a quedarse sino a colaborar activamente en la solución de los conocidos problemas operativos, con juzgados colapsados de causas.
Al Ejecutivo provincial, para que realice una activa difusión del proceso de mediación tendiente a que la sociedad sepa que cuenta con una herramienta útil no sólo en un proceso judicial, sino para los permanentes conflictos que se desarrollan en los espacios vecinales, escolares, laborales y sociales.
En este sentido, la mediación extrajudicial tiene mucho que aportar para sostener el tejido social en momentos conflictivos. Es más: la nueva ley pone en la Dirección de Mediación (DIME) la responsabilidad de integrar con uno o más mediadores un comité de crisis (Art. 62 inc. 16) para lo cual me consta se viene trabajando adecuadamente.
Cuando las partes involucradas en un conflicto están predispuestas a llegar a una solución negociada, los mediadores pueden desarrollar toda su potencialidad para colaborar en resolver sus conflictos. En definitiva, se trata de trabajar para que las personas sean mejores y poder hacer realidad aquella frase de Ghandi: “No hay que apagar la luz del otro para que brille la nuestra”.

* Mediador

Comentarios 1

  1. Carmen Alejandra Mallia says:

    Muy bueno el artículo. Que la mediación cumpla su cometido no sólo, como procedimiento de apoyo a la justicia, sino también en ámbitos de la comunidad de alta conflictividad, contribuyendo así a la paz social.

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