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Corrida de toros

Por Sergio Castelli* y Romina Decima Cánovas** - Exclusivo para Comercio y Justicia
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Por Sergio Castelli* y Romina Decima Cánovas**

El pasado 14 de marzo se divulgó la decisión de un juzgado en lo mercantil español respecto a la autoría y uso del famoso torito pamplonés.
La famosa figura de un torito azul y una serie de personajes vinculados con él son empleados principalmente en la famosa fiesta de San Fermín para promover las mundialmente conocidas corridas de toros que tienen lugar cada mes de julio en esa ciudad.
Las reconocidas caricaturas comenzaron a distribuirse estampadas y como parte de un microemprendimiento de tres jóvenes de Pamplona -Gonzalo Domínguez de Bidaurreta, Koldo Aiestaran y Mikel Urmeneta-, quienes deseaban modernizar los típicos recuerdos que los turistas se llevaban de la ciudad. Los pícaros gráficos muestran escenas cotidianas de la ciudad en época del “Encierro” y se encuentran actualmente no sólo en camisetas sino también en stickers, tazas, llaveros, disfraces, gráficas en la vía pública y obviamente en publicidades turísticas.

Tal fue la fama y efectividad de la obra que pronto aquellos jóvenes se convirtieron en empresarios y Mikel Urmeneta, el autor de dichos dibujos, cedió los derechos patrimoniales sobre ellos en favor de la compañía que consolidó así a dichas creaciones bajo el nombre “Kukuxumusu”. Años después, en 2016, Mikel Urmeneta fue expulsado de la que compañía que cofundó por problemas, según se conoció, con su principal accionista, Ricardo Bermejo, quien en 2014 se convirtió en accionista mayoritario.
Sin que mediara demasiado tiempo, Urmeneta puso manos a la obra, creó una nueva empresa -”Hombre de Paja”- y un nuevo grupo de personajes que dio en llamar “Katuki Saguyaki”, que vendrían a competir sin ningún tipo de pudor contra sus mismas creaciones del pasado.
En 2016 la empresa titular de “Kukuxumusu” y del famoso torito de San Fermín inició una medida cautelar que después fue confirmada, para que Urmeneta suspendiera la comercialización de sus nuevos dibujos, mientras se decidía si sus nuevas producciones venían a ser una copia y, con ello, un uso ilegitimo de diseños que ya no le pertenecían.
Para el Derecho de Autor, el reconocimiento de Urmeneta como autor de sus producciones no puede bajo ninguna circunstancia ser cuestionado, muy por el contrario debe ser reivindicado en cuanto sea posible según la naturaleza de la obra. Sin embargo, dicha faz moral de las prerrogativas de autor en nada deberían afectar las decisiones patrimoniales que su autor oportunamente tomó, en este caso, la transferencia en favor de la compañía que una vez fue suya. Esto, porque si bien ambos extremos (el moral y el patrimonial) suelen ser congénitos y conjuntos a la creación de la obra, ello no obsta a que puedan desdoblarse, escindirse y, en muchos casos -en el del patrimonial-, perderse.
Así, constatada por el Juzgado Comercial de Pamplona-Iruña la reproducción ilegal del universo “Kukuxumusu” por parte de “Katuki Saguyaki”, y luego de haber sido condenado Urmeneta en sede penal por agresiones y “coacción” al accionista Ricardo Bermejo cuando intentaba llevarse una carpeta de dibujos de la antigua compañía a la que pertenecía, se decidió que más de 15.000 dibujos debían ser dejados de emplear por dicho autor, quien además deberá cumplir con una cuantiosa indemnización.

* Agente de Propiedad Industrial. ** Abogada

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