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Una reforma judicial que deja muchos temas pendientes

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La sanción de un nuevo Código Penal, un Código Procesal Civil y Comercial que contemple la oralidad, la ley penal juvenil y una actualización de la Ley de Defensa del Consumidor, son algunas de las iniciativas que quedarán en el tintero

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

El gobierno de Mauricio Macri asumió el poder con la promesa de mejorar el funcionamiento de las instituciones y afianzar la República. En esa línea, la gestión del ministro Germán Garavano siempre tuvo el Poder Judicial bajo la lupa.
Quizás como ningún otro gobierno se comenzó con un amplio trabajo, que incluyó iniciativas de todo tipo y de diferente envergadura. La suerte que corrió cada una de ellas fue diversa. Muchas quedaron inconclusas; por ejemplo, la reforma del Código Penal, que si bien está siendo analizada en comisión en el Congreso, difícilmente llegue a ser aprobada antes del 10 de diciembre.
La plataforma Justicia 2020 fue el proyecto estratégico del Ministerio de Justicia de la Nación, desde el que surgieron las principales iniciativas de reforma judicial. Entre las ya sancionadas se puede mencionar las leyes de Unificación de los Fueros de la Justicia Nacional en lo Criminal de Instrucción de la ciudad de Buenos Aires, la implementación del juicio unipersonal y la integración unipersonal de las cámaras de Apelaciones y Casación en determinados supuestos. Además, la ley de flagrancia, que permite juzgar en menos de 30 horas casos sobre los cuales el fiscal la declaró, y la de protección de víctimas de delitos.

Entre los proyectos que fueron aprobados están -además -los que dan herramientas para las investigaciones de delitos complejos y sobre la corrupción como el Régimen de Responsabilidad Penal de las personas jurídicas, la ley del Arrepentido, etcétera.

Pendiente
Hay varios proyectos que quedarán pendientes. Queda para la próxima gestión la responsabilidad de avanzar en una reforma del Código Procesal Civil y Comercial que permita afianzar la oralidad en los tribunales argentinos. Pese a no contar con esta reforma, en los últimos años las provincias han ido modernizando sus códigos procesales y, según estimaciones del Ministerio de Justicia de la Nación, ya son más de 400 los jueces que están aplicando los principios de la oralidad, tanto en la jurisdicción federal como provincial, con excelentes resultados. El tiempo de los procesos se logró reducir considerablemente, lo que permite mejorar el sistema de justicia.
La iniciativa impulsada por el gobierno de Macri incluye la implementación del expediente electrónico, la videograbación de audiencias y la declaración vía videoconferencia.
La reforma del Código Penal es otra de las grandes deudas que deja la gestión de Macri a su sucesor o para un eventual segundo mandato. Un código vetusto y emparchado requiere de una reforma integral.
El proyecto de ley es hoy analizado en comisión y es el producto de un arduo trabajo realizado por expertos de todo el país. El proceso fue presidido por el camarista de la Casación Penal, Mariano Borinsky.
El Código Penal, sancionado en 1921, fue modificado por más de 900 leyes sin tener en cuenta la sistematicidad de la totalidad de los institutos, de las reglas generales y de los delitos contemplados.
También ha ido incorporando todas las leyes penales especiales. De esta manera, perdió su coherencia interna y la proporcionalidad que le son esenciales y se apartó del criterio de codificación unificada en materia penal, circunstancia que en muchas oportunidades condujo a la incertidumbre respecto de qué está permitido o prohibido en nuestro país.
El texto que hoy analiza el Congreso endurece las penas contra el narcotráfico, la corrupción, el terrorismo y su financiación; incluye los delitos de lesa humanidad; tipifica nuevas conductas en el marco de los siniestros viales e incorpora la responsabilidad de la persona jurídica. Tiene perspectiva de género, da participación a las víctimas de los delitos y amplía sus derechos. También protege el ambiente y agrega los delitos genéticos y cibernéticos, entre otras destacadas reformas.

Asimismo, fija criterios claros para la determinación de la pena y achica el margen de discrecionalidad de los jueces, especialmente en los casos violencia contra las mujeres y personas en situación de vulnerabilidad.
El texto adecua la normativa penal nacional a los compromisos asumidos en el plano internacional, en particular en lo atinente a la vigencia de la protección de los derechos humanos y de la persecución del terrorismo, el financiamiento del terrorismo, del narcotráfico y la corrupción.

Ley de Responsabilidad Penal Juvenil
El proyecto de Ley Penal Juvenil fue presentado en el Congreso en marzo pasado. Sin dudas, es una de las iniciativas más controvertidas y sensibles. La intención del Gobierno de bajar la edad de imputabilidad de los menores generó fuertes resistencias.
Argentina no cuenta actualmente con un régimen penal orientado a los jóvenes, pese a las exigencias en tal sentido en términos de derechos humanos. El Gobierno defendió la iniciativa, advirtiendo que contempla estándares internacionales como la Convención sobre Derechos del Niño, brindando la respuesta estatal necesaria y logrando un tratamiento tendiente a la recuperación y a la reinserción social.

Otra mirada hacia el consumidor
Macri dejará también un proyecto de ley de Defensa del Consumidor que pretende proyectar una reforma integral de la ley 24220. Con 184 artículos el texto, que busca “ampliar derechos del consumidor”, fue elaborado desde inicios de 2017 y presentado a Garavano en diciembre último.
La iniciativa busca desarrollar más y mejores instrumentos para garantizar el acceso a la Justicia de consumidores de bienes y usuarios de servicios; la resolución alternativa de sus conflictos y el fortalecimiento institucional de las asociaciones que los representan.
Entre las novedades que contiene figura que establece mayores precisiones en cuanto al deber de información y contempla la penalización por la “sobreinformación”, entendida como el exceso en cantidad o complejidad de los datos.
También incluye a los consumidores “hípervulnerables” -como ancianos, niños y personas enfermas-, sobre quienes refuerza la protección, dejando la definición del concepto a la interpretación judicial. Regula además la contratación en plataformas on line y el crédito al consumo, a fin de imponerle deberes al proveedor para evitar el sobreendeudamiento.
En tanto, en los procesos colectivos de consumo sugiere ampliar la legitimación activa y los requisitos de admisibilidad, mientras que en los individuales condiciona la intervención de terceros a la aprobación del actor. Otra novedad del texto es que se incorpora la teoría del market share, consistente en repartir la responsabilidad entre los proveedores según su participación en el mercado.

La urgencia de la reforma laboral
De acuerdo con los resultados de las PASO, es altamente probable que Cambiemos deje el gobierno, y la deuda es no haber impulsado una ley de reforma laboral. Rechazada por los sindicatos, se cuestionó que el Presidente pretendiera avanzar sobre derechos laborales.
La modificación del concepto de ius variandi, la introducción de un “banco de horas” en reemplazo de las denominadas horas extras y cambios en la forma de calcular las indemnizaciones, formaban parte de la agenda.

Algunos avances  

Centralidad de las víctimas en el proceso penal
El junio de 2017 se aprobó la ley de Derechos y Garantías de las Víctimas de Delitos. La iniciativa establece que quienes sufren delitos tienen que ser notificados sobre las excarcelaciones, los permisos de libertad condicional o las salidas transitorias que se le otorguen a los condenados y acusados. Tienen derecho a participar de las declaraciones de testigos (por medio de sus abogados); que las víctimas reciban asesoramiento y contención durante el proceso y la ejecución de la pena; habilita a quienes sufrieron un delito a constituirse como querellantes y a ser notificadas sobre las resoluciones tomadas durante el proceso judicial. Se creó la figura del defensor público de víctima.

Fortalecimiento justicia penal y lucha contra la corrupción
Mediante la aprobación de distintas leyes (Flagrancia, Transformación de TOC en TOF, Unificación del fuero correccional y de instrucción en CABA, Juicios unipersonales e Integración unipersonal de Cámaras) se logró duplicar la cantidad de juicios abreviados y probations en la justicia nacional; reducir más del 50% del tiempo para fijar la audiencia de juicio y que 76% de las causas en flagrancia se resuelvan en 30 horas. El Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados pasó de atender un promedio de 41 casos al año a más de 153, aumentando 162% la cantidad de testigos protegidos por narcotráfico; 29%, por trata de personas, y 670% en casos vinculados con el crimen organizado.

Ley de Responsabilidad  Penal Empresaria
Hasta ahora, el sistema jurídico argentino solo preveía que las personas físicas puedan ser sancionadas o penadas por cometer delitos de corrupción. El objetivo del régimen sancionado es luchar contra la corrupción por medio de la generación de incentivos para que las personas jurídicas implementen programas de integridad, y cooperen con las autoridades.También se prevé la posibilidad de realizar acuerdos de colaboración con las personas jurídicas a cambio de información y así poder identificar a las personas físicas que cometieron los delitos, tanto del sector privado como del sector público.

 Mejoras en la formación y capacitación de los abogados
El Programa de Formación en Áreas de Vacancia de la Abogacía generó materiales para la enseñanza de contenidos hasta ahora omitidos en la formación de abogados, entre ellos en Investigación jurídica, Gestión de conflictos, negociación y mediación, Prueba, Destrezas para el litigio, Ética profesional, Práctica profesional, Contenidos transversales, Razonamiento y decisión judicial y Gestión judicial. En 2018 un número importante de universidades –estatales y privadas- tuvo que cambiar sus planes de estudio y presentar una nueva versión en la que estén contempladas estas destrezas identificadas como relevantes para las nuevas prácticas del Derecho y las reformas de los procedimientos y la oralidad, entre otros aspectos.

 Juicios civiles orales
A poco más de tres años del comienzo del programa Generalización de la Oralidad en Procesos de Conocimiento Civiles y Comerciales, casi la mitad de los jueces ya implementaron la oralidad efectiva a través de audiencias orales que permiten la agilización de los procedimientos, al disminuir la duración de los juicios. La oralidad civil efectiva se implementa en 14 poderes judiciales y la justicia civil nacional, lo que implica que 404 jueces del país -actualmente 45,5% del total- utilizan esta herramienta de gestión.

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