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Tío que renunció a la guarda de su sobrina debe pagar una cuota alimentaria

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Un tribunal de Deán Funes impuso el cargo al pariente de la menor, quien intempestivamente abandonó la obligación a la que se había comprometido

El Juzgado de Control, Niñez, Penal Juvenil y Faltas, Secretaría de Niñez y Penal Juvenil de Deán Funes dispuso la guarda institucional de la niña y resolvió fijar una cuota alimentaria provisoria a cargo del guardador renunciante hasta tanto se consolide el nuevo estado de adoptabilidad de una menor de edad.

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