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Sin demostrar 20 años de posesión, el inmueble debe ser reintegrado

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El fallo concluyó que los demandados no pudieron acreditar el tiempo necesario como para tener el derecho sobre el bien en litigio

La Cámara 7ª Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó la sentencia que de primera instancia que hizo lugar a la acción de reivindicación articulada por la actora condenando a los demandados a restituir un inmueble en el lugar denominado “Estancia de Mendiolaza” .
La decisión fue adoptada al no haber demostrado los años necesarios para que se admita la excepción de prescripción adquisitiva presentada por los demandados.

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Comentarios 3

  1. El angelito says:

    Si supieran la cantidad de personas que usurparon terrenos en » mendiolaza » el talar esta lleno ,espero los verdaderos dueños o herederos se despierten y reclamen lo que les corresponde.

  2. SARA ARAGON says:

    Me jubilé como funcionaria del poder judicial y me interesa este hermoso diario.quiero suscribirme.

  3. Me parece que fue arbitrario ese fallo del inmueble .habría que ver las causas

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