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Según un fallo, Uber no violenta normas de la ciudad de Buenos Aires

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 La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas porteña desestimó que la firma use lucrativamente el espacio público de la ciudad de Buenos Aires sin autorización. La compañía interpreta que el fallo legaliza su funcionamiento

La Justicia porteña desestimó que Uber use lucrativamente el espacio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) sin autorización.
El fallo favorable para la empresa llega luego de que el Fisco le reclamó más de 350 millones de pesos en concepto de impuestos y cargas sociales y de que el juez en lo Contencioso-administrativo y Tributario Víctor Trionfetti le ordenó al gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que impida que la empresa opere en aquel distrito. Trionfetti intimó al Jefe de Gobierno de la CABA, además, para que explique qué medidas tomó para cumplir con el decisorio que dispuso el bloqueo de la plataforma, dictado hace tres años.
Ahora, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas porteña revocó las condenas dictadas en contra de Uber y estableció que la actividad de la compañía no violenta las previsiones del Código Contravencional de la ciudad.
La alzada determinó: “Quien conduce un vehículo por las calles y avenidas libradas al tránsito automotor, con o sin acompañantes, sean estos conocidos del conductor o pasajeros que con él contrataron un transporte no usa indebidamente el espacio público realizando una actividad lucrativa no autorizada”.

En un comunicado, Uber interpretó que la sentencia legaliza su giro y aseguró que perdió sustento el cerco al pago con tarjetas de crédito.
La sentencia de la Alzada dejó sin efecto la primera condena judicial que recibió Uber, por una contravención.
En septiembre del año pasado, el magistrado Ladislao Endre sancionó a la empresa con una multa de 60 mil pesos por organizar actividades lucrativas no autorizadas en la vía pública.
El titular del del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Número 25 de la Capital Federal también le impuso dos años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad vinculada al transporte en la jurisdicción.
Ambas medidas involucraron al CEO de Uber, Mariano Otero, quien apeló con éxito.
“La decisión de la Justicia contravencional ratifica la necesidad de una regulación”, manifestó la compañía hace siete meses.
En esa dirección reiteró que es responsabilidad del Gobierno de la CABA fomentar la incorporación de tecnología a la movilidad. Precisó que la aplicación es usada por más de un millón de personas y que la Corte Suprema ya confirmó el fallo de la Casación Penal que desvinculó a Uber de acciones que puedan encuadrarse en el derecho Penal.
“La fiscalía no logró producir prueba y sólo logró una multa en el marco de un código que trata inconductas menores”, acotó en referencia al agente Martín Lapadú, que impulsó la causa.
Uber comenzó a operar en Argentina en marzo de 2016 y desde entonces enfrenta la resistencia de distintos sectores. Lapadú es uno de sus principales detractores en el ámbito del Poder Judicial.
A fines de aquel año, el funcionario anunció que tenía los datos de los socios-choferes de la compañía (alrededor de cuatro mil personas, en ese entonces) y adelantó que la intención era “demorarlos”.

El fiscal le reclamó dos medidas a la jueza María Fernanda Botana: la detención de Otero y el bloqueo de la aplicación en todo el territorio.
Botana desestimó el encarcelamiento del directivo, pero hizo lugar al cierre de la página.
En ese contexto, Ricardo Gil Lavedra ex juez, coordinador general de la iniciativa gubernamental Justicia 2020 y abogado de Otero, reclamó sin éxito recusación de Lapadú.
Entre otras causales, el letrado alegó que el representante del Ministerio Público Fiscal afectó el derecho de defensa de su asistido, al requerir el apartamiento de su defensor de confianza, y que usó la investigación de modo intimidatorio, extendiéndola “irrazonablemente en el tiempo con el propósito de mantener indefinidamente las medidas cautelares”.
Gil Lavedra planteó que el procedimiento contravencional está hecho para otros casos y que Lapadú “deforma” faltas para prohibir a Uber.
No obstante, el juez Endre respaldó el punto de vista del fiscal.
Cabe recordar que mientras Lapadú impulsaba las actuaciones contra Uber en el fuero Contravencional, un magistrado de la CABA desestimó una denuncia penal del sindicato que nuclea a los taxistas, por inexistencia de delito. El juez de instrucción Luis Zelaya sostuvo que quienes manejan vehículos para la empresa desarrollan una actividad comercial lícita.
Así, descartó que la intención de los particulares que conducen para Uber sea entorpecer el sistema de transporte y estableció que lo lógico es presumir que pretenden sumar sus servicios.
“No se observa que en la vida cotidiana de los porteños se haya visto alterada la regularidad y eficiencia del servicio público de transporte individual de pasajeros ni cualquier otro”, consignó, valorando que la presentación se basó en la disconformidad de los denunciantes con la aparición de un competidor comercial. Luego, la Sala V de la Cámara Nacional en lo Criminal Cámara también descartó que se hubiera dado un supuesto de competencia desleal o de instigación a cometer delitos, subrayando que Uber opera con fines legítimos.
En ese sentido, indicó que transportar pasajeros sin habilitación oficial no configura una conducta tipificada por la legislación punitiva.

“No se advierte cuál sería el delito concreto al que se habría instigado, ni los crímenes indeterminados que tendría por objeto la supuesta asociación ilícita”, agregó y, al igual que el a quo, aseveró que la postura del sindicato se relacionaba con su disgusto por tener competidores.
Por unanimidad, la alzada resaltó que el fuero Penal no es la vía apropiada para resolver los cuestionamientos del sector. El fallo les dio una especie de protección a los conductores, pero las agresiones y hostigamientos por parte de los denominados “caza-Uber” son frecuentes.

Protesta
Quienes no admiten que Uber circule no acusaron recibo de la multa que se les impuso a las asociaciones de propietarios por haber cortado el centro porteño en protesta por el desembarco de la firma, una acción que involucró a 95 por ciento de los taxistas de la CABA.
Lapadú acordó la sanción con las entidades (75 mil pesos cada una) en agosto de 2017.

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