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Se debe demoler un barrio privado porque causa la crecida de un río

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La construcción se erige en la jurisdicción de la Municipalidad de Gualeguaychú. Ésta había pedido, sin resultados, que se paralizaran las obras. Ahora lo ordenaron los tribunales

La Justicia de Entre Ríos ordenó la «demolición y desmantelamiento» del barrio náutico Amarras, situado en la localidad de Pueblo Belgrano, por su impacto negativo sobre el medio ambiente, ya que las obras de elevación de la tierra que se hicieron para construirlo causaron la crecida de un río Gualeguaychú e inundaciones.
En el fallo, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia entrerriano (STJER), se ordenó además «dejar la zona en su estado anterior».
En junio último la Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la paralización y demolición del barrio, ya que las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas.

«La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua», afirmaron los funcionarios.
La comuna agregó en esa ocasión que Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona, y que el agua que desplazaba ingresaba “profundamente” en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas.
Asimismo, en julio de este año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto la sentencia del STJER, que había rechazado la acción de amparo de cese de obras, y le ordenó hacer lugar a lo peticionado.
Los jueces entrerrianos señalaron que quedó «efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente», y por eso se solicitó la «recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior».
La decisión se basa en la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada, y ordena además un «resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles».
La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué, encargada de la construcción del barrio, para «desmantelar» la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para controlar el cumplimiento de la sentencia.

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